Al llegar al final de la vida laboral, cada persona trabajadora en España suele hacerse la misma pregunta ¿Cuántos años tienes que tener cotizados para cobrar la pensión? ¿A qué edad me puedo jubilar? Varias preguntas que se responden sabiendo cuáles son los requisitos para jubilarse en España y obtener pensión contributiva de jubilación.
El sistema de pensiones en España cuenta con dos tipos de pensiones las contributivas y las no contributivas. Para acceder a las primeras hay que cumplir con cuatro requisitos esenciales. En caso de no reunir estas condiciones se deberá acudir a las no contributivas, pero contarán con un importe más bajo.
Requisitos para poder pedir la jubilación
Para acceder a cualquier pensión contributiva de jubilación es necesario estar afiliados a cualquier Régimen de la Seguridad Social como el general, el especial del mar y la minería o el de trabajadores autónomos (RETA).
La ley permite que también puedan acceder aquellos trabajadores que estén afiliados al sistema, incluso si no están en alta o en una situación asimilada al alta en el momento en que ocurre el hecho que da lugar a la pensión de jubilación. Sin embargo, estos trabajadores deben cumplir con el resto de requisitos como son la edad y los años de cotización requeridos por la Seguridad Social.
Como segundo requisito es necesario cumplir con la edad ordinaria de jubilación. Esta se encuentra dentro de una reforma por la que en 2027 se situará en los 67 años. Así, desde el año 2013 se estableció dos edad de jubilación, una para los que no han cotizado lo suficiente y que situaría en los 65 años y otra que aumentaría a 67 años a razón de dos meses por cada año.
En 2024, la edad ordinaria de jubilación será los 65 años para aquellos que han cotizado a la Seguridad Social al menos 38 años. En caso contrario, la edad de retiro será la de 66 años y seis meses.
La tercera condición es cumplir con el periodo mínimo de cotización y la carencia específica. En este sentido, será necesario tener un mínimo de 15 años cotizados a lo largo de la vida laboral (5.475 días). La carencia cualificada o específica es, que de esos 15 años al menos dos, se encuentren dentro de los últimos 15 años anteriores al momento de generarse el derecho —o anteriores a la fecha en la que cesó la obligación de cotizar, para trabajadores en alta o situación asimilada—.
Por último, es necesario que se haya producido lo que la ley denominada “el hecho causante”. Este hecho puede ocurrir en tres momentos diferentes: primero, el día en que el trabajador cese en su actividad laboral, siempre y cuando esté dado de alta en la Seguridad Social; segundo, el día en que se presente la solicitud, en situaciones asimiladas a la de alta, con excepciones específicas para casos de excedencia forzosa y traslado fuera del territorio nacional; y tercero, el día de presentación de la solicitud en situaciones en las que el trabajador no esté dado de alta en la Seguridad Social.
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