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Un autónomo se libra de pagar una deuda de más de 190.000 euros, gracias a esta ley

El empresario solicitó varios préstamos, incluidos créditos ICO, durante la pandemia. La Justicia ha reconocido su buena fe y le ha exonerado de casi todas sus deudas.


Billetes de euro
Billetes de euro |Canva
Lucía Rodríguez Ayala
Fecha de actualización:

El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Málaga ha librado a un autónomo de pagar una deuda que superaba los 190.000 euros, cuya actividad económica quedó gravemente afectada por la crisis sanitaria provocada por la Covid-19, tras acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad, que lleva vigente en España desde 2015. El fallo, del pasado 7 de mayo, determina que el trabajador por cuenta propia actuó de buena fe y cumplía todos los requisitos legales para beneficiarse de esta medida. Únicamente tendrá que pagar una deuda con el Ayuntamiento de Mijas, ya que la legislación actual no permite condonar obligaciones de derecho público. 

Según la sentencia a la que han tenido acceso desde el medio especializado ‘Economist&Jurist’, el autónomo se dedicaba compraventa de vehículos, un sector que sufrió un fuerte retroceso durante la crisis sanitaria. Para mantener su negocio a flote, solicitó diversos préstamos, muchos de ellos a través de los créditos ICO, que impulsó el Gobierno, como ayuda a autónomos y Pyme’s durante la pandemia. 

Pese a que el empresario hizo todos los intentos posibles para poder mantener su actividad, la situación económica se hizo insostenible por la falta de ingresos y el incremento de los costes. Por ello inicio los trámites para un concurso voluntario sin masa, que posteriormente le permitió solicitar el Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI), que el mecanismo que otorga a los deudores una oportunidad para comenzar de nuevo tras un proceso de insolvencia, liberándolos de la mayor parte de sus deudas, según aclara el Banco de España.

La justicia reconoce su buena fe y le perdona las deudas 

Los expertos señalan que el Juzgado de lo Mercantil número 2 de Málaga concluye en su resolución que el autónomo no incurrió en conductas fraudulentas ni ocultó bienes o información, y que su concurso no ha sido calificado como culpable. Estos hechos fueron determinantes para que el juez le considerara deudor de buena fe y aprobara la cancelación total de las deudas privadas contraídas antes del inicio del procedimiento concursal.

El auto también obliga a las entidades acreedoras a retirar al empresario de los registros de morosos, como ASNEF o Experian, y a inscribir el beneficio de exoneración en el Registro Público Concursal.

Pese a ello, no todas sus deudas ha sido perdonadas y es que sigue vigente la que mantenía con el Ayuntamiento de Mijas, ya que la legislación no permite condonar obligaciones de derecho público, como tributos o cotizaciones sociales.