
El Ministerio de Hacienda ha sacado a información pública un proyecto de Real Decreto, con el que pretenden modificar las obligaciones relacionadas con la información de autónomos que los bancos tienen que facilitar a la Administración, y los plazos para ello.
Con estos cambios, el Fisco podrá acceder mensualmente a toda la información relacionada con los pagos y los cobros de los trabajadores por cuenta propia, eliminando los límites relacionados con los importes y añadiendo todas las transacciones que se hagan a través de bizum.
Con esta medida, la Agencia Tributaria quiere aumentar el control a la hora de verificar transacciones, los saldos y las titularidades de las cuentas de autónomos y empresas, a fin de detectar irregularidades y actividades fraudulentas con más facilidad.
Cambia la periodicidad con la que los bancos deben informar a Hacienda
Según la información publicada por Autónomos y Emprendedores, si se aplican las modificaciones incluidas en el Real Decreto que está en proceso de información pública, la periodicidad con la que los bancos tienen que facilitar a la Administración la información bancaria de los autónomos podría sufrir grandes cambios.
No todos los datos tendrán que transferirse mensualmente, pero sí que se hará de esta manera en el caso de los cobros y de los pagos. Para ello, las modificaciones incluidas en el nuevo texto eliminarían el límite de 3.000 euros para reportar la información. En el caso de los préstamos y créditos, sí que se mantienen los límites de 6.000 euros para informar.
La información requerida corresponderá al importe mensual facturado, pero no a las operaciones detalladas. Eso sí, habrá una clara distinción entre los movimientos que se hayan hecho a través de una tarjeta y los que se hagan por bizum.
Otra de las novedades consiste en que, cuando las entidades faciliten los datos relacionados con las cuentas bancarias de los titulares, también se enviarán los datos de los representantes autorizados y los beneficiarios de las cuentas.
Además, los bancos tendrán que enviar mensualmente toda la facturación relacionada con los terminales de puntos de venta (TPV), independientemente de que estén o no en territorio español.

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