Los funcionarios tienen totalmente prohibido por ley aceptar regalos, favores o ventajas en su puesto

Según el Estatuto Básico del Empleado Público, un trabajador no puede aceptar regalos de cualquier tipo, ya que podría incluso ser sancionado por ello.

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Llevar un detalle, una caja de bombones o la típica cesta de Navidad a la oficina para regalárselo a un empleado público como forma de agradecer su buen trato o haber conseguido realizar un trámite complejo es una costumbre que muchos ven como algo normal pero está prohibido por ley. Este tipo de conductas no se pueden dar en el sector público y la responsabilidad principal a la hora de aceptarlo o rechazarlo recae en el funcionario, que hasta puede recibir una sanción disciplinaria por ello.

Tal y como indica la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP), el respeto por la ética profesional en el caso de los empleados públicos es claro y estricto, hasta el punto de prohibir conductas como la de aceptar detalles o tratos de favor hacia ellos. Y es que el objetivo de la ley no es otro que mantener una neutralidad, transparencia y objetividad absolutas en la gestión de lo público y en todo tipo de atenciones o trámites, sea cual sea la persona con la que se trate.

Qué dice la norma exactamente sobre las prebendas y favores

El artículo 54 del TREBEP, que está centrado en los principios de conducta de los funcionarios, pone límites muy claros respecto a lo que estos empleados pueden hacer o no cuando están ejerciendo sus funciones en cualquier oficina pública. Entonces, ¿se puede aceptar algo o absolutamente nada? El apartado 6 de este artículo dice que "se rechazará cualquier regalo, favor o servicio en condiciones ventajosas que vaya más allá de los usos habituales, sociales y de cortesía, sin perjuicio de lo establecido en el Código Penal".

Artículo 54 de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP) | BOE

Como la línea que separa el hecho de ser amable con las malas intenciones (soborno encubierto) puede ser muy fina algunas veces, la Administración prefiere ser tajante en este tema y no dar opción alguna a la interpretación, por lo que todo lo que exceda el detalle de cortesía simbólico está terminantemente prohibido. Además, aceptar estos favores puede ser muy perjudicial para los intereses del funcionario, porque la ley avisa de que esto te puede llevar directamente por la vía penal si se considera un delito de cohecho. Por lo que un regalo a un trabajador de lo público puede ir más allá incluso de que este empleado reciba una sanción por ello y lo puede llevar incluso a tener que responder ante la justicia.

Asimismo, la intención de la norma es evitar que cualquier ciudadano o empresa tenga ventaja sobre otro en trámites oficiales. De esta forma, se garantiza que invitar a comer, regalar un jamón o hacerle un favor personal al trabajador de turno no sirva para agilizar un expediente ni obtener tratos de favor de ningún tipo.

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