La despiden tras 30 años en el hotel por robar 6 rollos de papel higiénico: es procedente y pierde 60.318 euros de indemnización

La trabajadora, que era la gobernante del hotel, defendió que lo necesitó porque el perro de su hijo había vomitado en el coche, pero no logró demostrarlo.

Una mujer abriendo un almacén |Envato
Fecha de actualización:

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha declarado procedente el despido disciplinario de una gobernanta de hotel que cogió seis rollos de papel de la empresa y salió con ellos por la puerta de atrás. A pesar del bajo valor económico de estos, la justicia señala que la apropiación indebida de recursos de la empresa supone una transgresión de la buena fe contractual y abuso de la confianza.

La mujer llevaba trabajando para el hotel desde junio de 1995, en el puesto de gobernanta, y fue el 21 de junio de 2024 cuando le comunicaron formalmente su despido disciplinario por el incidente de los rollos un día antes. Cuando recibió la carta, la trabajadora escribió en la misma que cogió el papel “porque cuando vino a buscarme mi hijo el perro había vomitado el coche, lo cogí para limpiarlo y hoy lo he devuelto”.

Ese mismo día, firmó un documento redactado por la empresa donde manifestaba de forma expresa que sustrajo una bolsa de plástico que contenía seis rollos del papel propiedad de la empresa, manifestando su arrepentimiento y que no volvería a suceder. Posteriormente, aportó un certificado de una clínica veterinaria indicando que su hijo acudió con su perro el 21 de junio.

El despido acaba en los tribunales

No conforme con el despido, la trabajadora reclamó judicialmente y, en un principio, el Juzgado de lo Social n.º 1 de Mataró estimó parcialmente su demanda. Este declaró el despido improcedente y condenó a la empresa a elegir entre readmitirla (con el pago de salarios de tramitación) o indemnizarle con 60.318,50 euros. En caso de readmitirla, podrían sancionarla con una suspensión de empleo y sueldo de 3 a 15 días.

Para este juzgado, lo ocurrido no era lo suficientemente grave para aplicar el despido, atendiendo al escaso valor económico de lo sustraído y que estuvo justificado por la emergencia con el perro de su hijo.

Tras esta sentencia, la empresa recurrió ante el TSJ de Cataluña.

El TSJ de Cataluña declara el despido procedente

Esta vez, la justicia falló a favor de la empresa. El tribunal señaló que el certificado del veterinario era del 21, un día después que cogiera los rollos, y las cámaras de videovigilancia no respaldaron su relato, mostrando cómo regresó sola al hotel de forma deliberada y oculta para sustraer el material. Asimismo, validó el documento firmado por la empleada en el que reconocía expresamente el hurto, descartando que hubiera existido algún vicio en su consentimiento.

En cuanto a la teoría gradualista, el TSJ explicó que la gravedad de estas conductas no depende del perjuicio o del valor económico de lo sustraído, sino de la quiebra irreparable de la confianza y la buena fe contractual. Este deber de lealtad, además, cobraba más importancia en este caso debido a la posición que ocupaba la empleada, un puesto de responsabilidad ya que era la gobernanta del hotel.

Por último, en el Convenio Colectivo de Hostelería aplicable se recoge expresamente el hurto y la apropiación indebida como una falta muy grave, independientemente de su cuantía. Por todo ello, el TSJ de Cataluña declaró el despido procedente, que al ser por motivos disciplinarios no genera el derecho a cobrar una indemnización pese a la antigüedad de la trabajadora (de casi 30 años).

La sentencia (disponible aquí) se podía recurrir en casación.

Otras noticias interesantes

Lo más leído

Últimas noticias