El abogado Javier Arauz de Robles, representante de distintas asociaciones de empleados públicos temporales e impulsor de las demandas sobre temporalidad en España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), denunciará ante la Comisión Europea la reciente sentencia del Tribunal Supremo sobre los interinos en la Administración pública.
El fallo del alto tribunal, conocido esta semana, establece que solo podrán adquirir la condición de fijos aquellos trabajadores temporales que previamente hubieran superado un proceso selectivo para acceder a un empleo indefinido, aunque no obtuvieran plaza, y que posteriormente encadenaran contratos temporales en situación de abuso.
Según recogen desde Europa Press, Arauz de Robles considera que esta resolución es únicamente “provisional”, ya que todavía quedan cuestiones prejudiciales pendientes de resolución ante el TJUE relacionadas con la temporalidad en el empleo público español.
El abogado cree que Bruselas seguirá adelante con el procedimiento contra España
El letrado ha recordado además que continúa abierto el plazo dado por la Comisión Europea a España para corregir las deficiencias detectadas en materia de contratación temporal en el sector público.
Ese plazo finaliza el próximo 29 de junio y Bruselas ya advirtió de que, si España no adapta correctamente su normativa comunitaria sobre temporalidad, podría llevar el caso nuevamente ante el TJUE.
Según Arauz de Robles, la sentencia del Supremo supone un avance parcial porque, “por primera vez después de 25 años”, reconoce la posibilidad de declarar fijos a algunos interinos en situación de abuso de temporalidad.
No obstante, critica que el fallo no extienda esa posibilidad a otros empleados públicos temporales que accedieron mediante distintos sistemas selectivos.
El voto particular cuestiona limitar la fijeza solo a quienes superaron oposición
El abogado destaca especialmente el voto particular del magistrado Rafael Antonio López Parada, que discrepa de parte de la sentencia.
Según recoge ese voto, el Estatuto Básico del Empleado Público permite seleccionar personal laboral fijo mediante concursos de méritos sin necesidad de fase de oposición, por lo que considera incorrecto limitar la aplicación de los principios de igualdad, mérito y capacidad únicamente a quienes hayan superado un examen.
“Eso significa que no puede equipararse la aplicación de los principios de igualdad, mérito y capacidad solamente a la fase de oposición”, sostiene el magistrado en su discrepancia.
Por ello, Arauz de Robles cree que el TJUE terminará corrigiendo nuevamente la interpretación realizada por el Supremo.
El Supremo reconoce indemnizaciones para todos los temporales en abuso
Pese a sus críticas, el abogado sí considera positivo que la sentencia reconozca indemnizaciones para todos los empleados públicos que hayan sufrido abuso de temporalidad, incluso aunque no obtengan la condición de fijos.
“Por primera vez, todos los empleados públicos en abuso van a ser compensados, unos con la fijeza, otros con indemnización”, ha subrayado.
La resolución contempla dos tipos distintos de compensación: una indemnización extintiva vinculada al fin de la relación laboral y otra adicional destinada a reparar daños morales y materiales derivados del abuso de temporalidad.
En este último caso, el Supremo toma como referencia las sanciones previstas en la Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social (LISOS), con cuantías que oscilan entre los 1.000 y los 10.000 euros en función de la gravedad.
Según Arauz de Robles, esta compensación podrá reclamarse incluso sin necesidad de que el empleado público haya sido cesado y deberá incrementarse en función de los años acumulados en situación de abuso.
El debate sobre la temporalidad sigue abierto
El abogado sostiene además que la propia sentencia reconoce que corresponde al legislador introducir reformas eficaces para sancionar el abuso de la contratación temporal en las Administraciones públicas.
En este sentido, recuerda que el Supremo admite en su resolución que “la elevada y persistente tasa de temporalidad” evidencia la existencia de “una cultura de la temporalidad” dentro de muchas administraciones.
Arauz de Robles considera que el fallo “es un paso para adelante que calla muchas bocas”, aunque insiste en que el debate jurídico sobre la temporalidad pública todavía no está cerrado y prevé nuevas resoluciones del TJUE sobre esta materia.