Una autónoma de 37 años logra una pensión de incapacidad permanente absoluta de 2.773 euros por agotamiento físico y mental

Trabajaba como auxiliar administrativa con tareas informáticas y sus patologías le impiden salir de casa o conducir.

Una mujer cansada frotándose los ojos |Envato
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El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha confirmado una pensión de incapacidad permanente absoluta a una mujer de 37 años por fatiga crónica, equivalente al 100% de su base reguladora de 2.773,76 euros (más las revalorizaciones a las que tenga derecho). En contra de lo que defendía el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), para la justicia la encefalomielitis miálgica y sus síntomas asociados, como la niebla mental y el agotamiento extremo, anulan por completo la capacidad laboral de la trabajadora.

La mujer, autónoma, trabajaba como auxiliar administrativa con tareas de programación informática. En marzo de 2023, el Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) evaluó su estado, determinando que padecía encefalomielitis miálgica y síndrome de fatiga crónica, con síntomas como fatiga extrema, niebla mental, cefalea y fotofobia.

A pesar de esto, propusieron no calificarla con incapacidad por no observar “limitaciones funcionales objetivables”, lo que llevó al INSS a denegarle la prestación por incapacidad permanente el 23 de marzo de 2023.

La trabajadora demanda al INSS para conseguir la incapacidad permanente

Ante la negativa, la trabajadora presentó una demanda, que fue estimada por el Juzgado de lo Social número 1 de Ciudad Real. El juez le dio la razón porque quedó probado médicamente que sus patologías (encefalomielitis miálgica atípica, intolerancia a las pantallas, pérdidas de memoria y concentración, y un trastorno adaptativo con sintomatología ansioso-depresiva) le impedían el desarrollo de cualquier profesión u oficio.

En consecuencia, la declaró en situación de incapacidad permanente absoluta y condenó al INSS a abonarle una pensión vitalicia del 100% de su base reguladora (2.773,76 euros mensuales) con efectos desde el 23 de marzo de 2023. No conforme, la Seguridad Social recurrió la sentencia, presentando un recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.

El TSJ de Castilla-La Mancha confirma la incapacidad permanente absoluta

En el recurso, el INSS, entre otros motivos, argumentó que la trabajadora no estaba impedida para el desarrollo normal de su profesión habitual. Para valorar esta capacidad, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha recurrió a la jurisprudencia establecida sobre la incapacidad permanente absoluta, recordando que esta existe cuando el trabajador no cuenta con la capacidad para realizar ninguna tarea productiva con un mínimo de profesionalidad, continuidad, rendimiento y eficacia.

Extrapolando esto al caso, las conclusiones de un perito que testificó en el juicio recogían que la afectación de la mujer era tan severa que no podía salir de casa, conducir y padecía un agotamiento físico y mental que le impedía realizar cualquier actividad ajena a su autocuidado. Así pues, el tribunal concluyó que la trabajadora estaba “sobradamente” impedida para la actividad laboral.

En consecuencia, el TSJ de Castilla-La Mancha desestimó el recurso del INSS y confirmó la sentencia de instancia, ratificando que la mujer era merecedora de una pensión de incapacidad permanente absoluta. La sentencia no es firme y puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo.

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