El Supremo aclara que pagar una vivienda con dinero del matrimonio puede hacerla parcialmente ganancial, aunque se comprara antes de casarse

El Alto Tribunal concluye que solo será ganancial la parte de la vivienda que se haya pagado realmente con dinero común, aunque la compra se realizara antes del matrimonio.

Fachada del Tribunal Supremo |Europa Press - Montaje NoticiasTrabajo
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El Tribunal Supremo ha aclarado como tiene que repartirse una vivienda en un divorcio si se compró antes de que la pareja se casara pero se fue pagando mientras ya tenían una vida común. Según establece en su sentencia de 10 de marzo de 2026, una vivienda puede ter carácter mixto, es decir, privativo y ganancial, cuando se ha pagado con dinero dinero del matrimonio, pero solo será ganancial la parte que realmente se haya pagado con fondos comunes y siempre que se acredite el origen de ese dinero.

Para el Alto Tribunal por tanto, puede existir una parte ganancial en la vivienda, pero destaca que no se puede considerar que todo lo pagado durante el matrimonio se tiene que haber hecho necesariamente con dinero común. Por ello, para determinar qué parte realmente es ganancial hay que tener en cuenta el origen del dinero, ya que solo la parte financiada con dinero común del matrimonio puede atribuirse a la sociedad de gananciales.

La vivienda familiar puede ser ganancial aunque se comprara antes del matrimonio

El Supremo destaca que el artículo 1357 del Código Civil establece que cuando se trata de la vivienda familiar, no importa que se haya comprado antes del matrimonio si se sigue pagando durante este. En este caso, el artículo 1354 del Código Civil, implica que la vivienda pertenece en parte a la sociedad de gananciales y en parte al cónyuge que la adquirió, en proporción al dinero aportado por cada uno.

Esto es precisamente lo que ocurre en el caso analizado, que aunque el marido adquirió la vivienda antes de casarse, fue la casa familiar durante años y parte del precio se pagó mientras el matrimonio estaba vigente. Por ello, el Supremo considera que no puede tratarse como un bien exclusivamente privativo.

Además parte del precio de la vivienda se pagó mediante un préstamo que, aunque se solicitó antes del matrimonio, se devolvió durante la vida en común. Para el Supremo, esto produce el mismo efecto que un pago aplazado, si se paga con dinero ganancial, genera una parte ganancial del inmueble.

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