El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) realizará el ingreso del paro y del resto de subsidios por desempleo a partir del lunes, 11 de mayo de 2026. La fecha habitual de pago es el día 10, pero este mes cae en domingo, por lo que el ingreso oficial se traslada al primer día hábil siguiente.
La operación afecta tanto a la prestación contributiva por desempleo como al resto de subsidios, como el de mayores de 52 años o el de insuficiencia de cotización (el que se cobra cuando no se tiene derecho a paro). Ahora bien, aunque el SEPE tiene una fecha oficial, al igual que pasa con las pensiones de la Seguridad Social, el ingreso puede ser adelantado por las entidades bancarias al miércoles, día 6.
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El adelanto del paro o la ayuda por desempleo es posible, ya que entidades como CaixaBank, Banco Santander o BBVA tienen la posibilidad de ingresarlo antes de la fecha oficial gracias a lo que se conoce como la “Cuenta Única Centralizada” que comparten con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).
Gracias a este mecanismo, los bancos pueden conocer con antelación quiénes son los beneficiarios y la cuantía que deben cobrar, debiendo hacerlo antes de la “fecha valor”, que es la fecha límite. Este mecanismo se encuentra regulado en el artículo 24 del Real Decreto 696/2018, publicado en este Boletín Oficial del Estado.
¿Qué día se cobra el paro en mayo de 2026?
El SEPE realizará el pago de las prestaciones entre el lunes 11 y el viernes 15 de mayo. Al caer el día 10 en domingo, el calendario oficial se desplaza una jornada y el organismo emite la orden de pago el primer día hábil siguiente. No obstante, el cobro efectivo dependerá de la política de cada entidad bancaria.
A continuación, se detallan las fechas orientativas de ingreso del paro en mayo de 2026, según el banco:
| Entidad bancaria | Fecha prevista de ingreso |
|---|---|
| Openbank | A partir del miércoles 6 de mayo |
| Banco Santander | A partir del miércoles 6 de mayo |
| Banco Mediolanum | A partir del miércoles 6 de mayo |
| Cajasiete | A partir del jueves 7 de mayo |
| Caja de Ingenieros | A partir del jueves 7 de mayo |
| Deutsche Bank | A partir del jueves 7 de mayo |
| Bankinter | A partir del jueves 7 de mayo |
| Evobank | A partir del jueves 7 de mayo |
| BBVA | A partir del jueves 7 de mayo |
| Cajamar | A partir del jueves 7 de mayo |
| Unicaja | A partir del jueves 7 de mayo |
| Kutxabank | A partir del jueves 7 de mayo |
| N26 | A partir del jueves 7 de mayo |
| Caja Rural | A partir del jueves 7 de mayo |
| Cajasur | A partir del jueves 7 de mayo |
| Banca March | A partir del jueves 7 de mayo |
| CaixaBank | A partir del domingo 10 de mayo |
| Imaginbank | A partir del lunes 11 de mayo |
| Ibercaja | A partir del lunes 11 de mayo |
| Abanca | A partir del lunes 11 de mayo |
| Banco Sabadell | A partir del lunes 11 de mayo |
| ING | A partir del lunes 11 de mayo |
¿Cómo saber cuánto vas a cobrar de paro?
A través de la Sede Electrónica del SEPE es posible saber cuánto se va a cobrar de paro este mes, así como el historial de las nóminas anteriores. Sobre la prestación contributiva, “el paro”, hay que saber que la cuantía, durante los primeros 180 días de prestación, se cobra el 70% de la base reguladora y a partir del día 181 la cuantía se reduce al 60% de dicha base hasta que se agote la ayuda o se encuentre un nuevo empleo. Hay que recordar que existen unos importes máximos y mínimos establecidos por ley.
En lo que respecta a los subsidios por desempleo, aquellos que fueron reconocidos antes del 1 de noviembre de 2024 seguirán percibiendo el 80% del IPREM. Por otro lado, los subsidios concedidos a partir de esa fecha comienzan con una cuantía del 95% del IPREM, que irá descendiendo gradualmente en los meses siguientes, según lo estipulado en el Real Decreto-ley 2/2024.
¿Por qué no he cobrado el paro este mes?
Las razones pueden ser varias, pero si llegados al día 15 de mayo no se hubiera cobrado el paro o el subsidio por desempleo, puede deberse a algunas de estas causas:
- Haber agotado la prestación contributiva por desempleo a la que tenías derecho.
- Haber cometido una sanción por parte del SEPE que implique la suspensión de la prestación o subsidio. Algunas de estas situaciones puede ser el no “sellar el paro”.
- Que el SEPE te hubiera ingresado una prestación por desempleo superior a la que te correspondía y ahora ha reclamado esos cobros indebidos.
- Haber comenzado a trabajar y no haberlo comunicado al SEPE, o estar percibiendo otra ayuda o pensión incompatible, provoca la paralización inmediata del pago.
- Puede que en tu expediente figure una "clave de impago" por alguna incidencia anterior que aún no ha sido resuelta.
En cualquiera de estos casos, lo más recomendable es contactar directamente con el SEPE para aclarar la situación.