La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ratifica una sentencia de la Audiencia Nacional de 2019 y rechaza un recurso de casación presentado por CCOO ante la empresa petrolífera, Galp, que reclamaba que contara como trabajo efectivo.
La enfermedad se inició con el seguro de vida en vigor, pero el reconocimiento de la incapacidad permanente absoluta fue reconocida con el contrato ya cumplido.
El Supremo dictamina que la hora de la merienda es horario laboral, aunque en caso de accidente este se produzca fuera del lugar del trabajo.
El fallo del máximo organismo judicial nacional explica que, aunque las trabajadoras ejerzan “eventualmente” labores de prostitución por cuenta propia, la actividad de alterne sí posee carácter laboral.
En contra del Gobierno y el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, el Alto Tribunal sentencia ahora que los ceses justificados por causas relacionadas al Covid-19 son improcedentes. Se abre la vía de las reclamaciones.
Las medidas, se deberán unir a la rebaja fiscal del 5% del IRPF anunciada por Hacienda y servirán para regular la presión fiscal.
La presidenta Ayuso ha recurrido al Tribunal Supremo el nuevo Bachillerato y se han resaltado los puntos en los que se no están de acuerdo.