El Tribunal Supremo avisa cómo deben cogerse los permisos laborales retribuidos: así hay que contar los días

Una sentencia del Tribunal Supremo establece desde cuándo empiezan a contar los permisos laborales retribuidos. El Estatuto de los Trabajadores es clave.

El Tribunal Supremo avisa cómo deben cogerse los permisos laborales retribuidos: así hay que contar los días
Cómo se empiezan a contar los permisos laborales retribuidos
Esperanza Murcia

Una sentencia del Tribunal Supremo ha cambiado la forma en la que se deben iniciar los permisos laborales retribuidos. Un cambio de doctrina que llega en un momento clave tras la aprobación de la Ley de Familias, con la que los empleados pueden pedir hasta tres permisos laborables nuevos, dos de ellos pagados, aunque podrían acabar siendo retribuidos los tres. 

Esta sentencia del Tribunal Supremo, del 25 de enero de 2023, indica que si el número de días que se cogen por el permiso laboral retribuido coincide con el mismo que se recoge en el Estatuto de los Trabajadores, se tendrán que disfrutar en días laborables y no naturales. Es decir, los días de descanso no se pueden “neutralizar”, aunque estén por medio.

Explicado de forma más sencilla: si el número de días que concede el permiso laboral retribuido es el mismo que marca el Estatuto de los trabajadores, este se empezará a “gastar” el primer día laborable y no antes. Por ejemplo, si un empleado trabaja de lunes a viernes y descansa el fin de semana y solicita uno de estos permisos (por matrimonio, defunción o cuidado de un familiar) un sábado, este se empezará a contar desde el lunes y no desde el domingo, como venía ocurriendo, puesto que es el primer día laborable. El domingo, como es de descanso, no se gastaría. 

Es así porque el objetivo es que el trabajador pueda ausentarse del trabajo cuando le corresponde desarrollar su actividad por una causa de fuerza mayor, que son las situaciones que se recogen en el artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores. La única excepción sería el permiso retribuido por matrimonio, puesto que el estatuto sí indica que son 15 días naturales. 

En la citada sentencia del Tribunal Supremo, el permiso en cuestión era por “fallecimiento, accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad”, que corresponde al art.37.3B, por el que los trabajadores pueden disfrutar de dos días o cuatro cuando la persona tenga que realizar un desplazamiento por ello. 

Qué pasa si el permiso es mayor a los días que marca el Estatuto de los Trabajadores

No obstante, la forma de contar los permisos laborales retribuidos cambiaría cuando en el convenio colectivo de aplicación los días concedidos por el mismo sean mayores que los que determina el Estatuto de los Trabajadores. En este caso, sí que podría empezar en un día no laborable (en un día natural), puesto que el convenio está aumentando los días mínimos que fija el estatuto (no coincide como en el ejemplo anterior, sino que lo amplía). 

Sin embargo, se trata de una cuestión judicial a debate, debido a la falta de concreción en los convenios colectivos. Lo que sí se ha sentado como base, son los “mínimos” que establece el Estatuto de los Trabajadores, que a excepción del permiso por matrimonio, como se ha explicado, se tendrán que empezar a contar desde el primer día laborable. 

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