La ayuda de 480 euros del SEPE que se cobra de manera indefinida si cumples este requisito

Dentro de las prestaciones del SEPE existe una para todos los ciudadanos sin trabajo y carencia de ingresos, siempre que cumplan con los requisitos.

La ayuda de 480 euros del SEPE que se cobra de manera indefinida si cumples este requisito
La ayuda de 480 euros del SEPE que se cobra de manera indefinida si cumples este requisito Europa Press
Francisco Miralles

Todas las prestaciones y subsidios gestionados por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) tienen, en general, una duración limitada que se ajusta a la situación económica y familiar del desempleado. Entre ellas destaca una ayuda que se puede cobrar de manera indefinida hasta encontrar trabajo o alcanzar la edad de jubilación. Se trata del subsidio para mayores de 52 años, destinado a personas desempleadas que, por su edad, enfrentan mayores dificultades para reincorporarse al mercado laboral.

Esta ayuda tiene una cuantía mensual de 480 euros, equivalente al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), y está dirigida a trabajadores mayores de 52 años que hayan agotado la prestación contributiva por desempleo (el paro) o que, sin tener derecho a ella, hayan cotizado entre 90 y 359 días por desempleo, según explican desde el SEPE. No obstante, es necesario cumplir otros requisitos tanto generales como específicos.

A este subsidio, como al resto de ayudas por desempleo, se le conoce coloquialmente como «mini-paro» debido a su menor cuantía comparada con la prestación contributiva por desempleo y al hecho de que no todos los desempleados tienen derecho a recibirlo. Solo pueden acceder quienes carezcan de ingresos suficientes y cumplan con ciertos requisitos.

El requisito para cobrar el subsidio indefinido

Para acceder a esta prestación es necesario, además de tener la edad de 52 años, haber agotado la prestación contributiva por desempleo o acreditar una situación legal de desempleo con al menos 90 días cotizados (las cotizaciones deben ser por desempleo). En este caso, no será necesario permanecer inscrito como demandante de empleo durante un mes previo a la solicitud, ya que la fecha del hecho causante será la del agotamiento de la prestación contributiva. Además, es necesario que las rentas o ingresos no superen el 75 % del SMI, lo que actualmente equivale a 850,50 euros mensuales.

Estos son los requisitos generales, pero además, es necesario cumplir con otros requisitos específicos para que aprueben la ayuda.

El primero es contar con todos los requisitos, salvo la edad, para acceder a la pensión contributiva de jubilación de la Seguridad Social. Esto significa que es obligatorio haber cotizado al menos 15 años a lo largo de la vida laboral, de los cuales al menos 2 años deben encontrarse dentro de los últimos 15 años antes de la solicitud.

Por otro lado, y como requisito imprescindible para tener derecho a esta prestación, es necesario tener al menos seis años cotizados por desempleo. La web del SEPE explica que cotizan por desempleo todos los trabajos por cuenta ajena en el Régimen General de la Seguridad Social, el Sistema Especial Agrario, el Régimen de Trabajadores del Mar y los contratos de formación.

Cuantías y duración

El subsidio para mayores de 52 años tiene una cuantía que corresponde al 80 % del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) vigente cada año. Actualmente, esta cuantía se sitúa en 480 euros al mes. Este subsidio, al igual que el resto de ayudas gestionadas por el SEPE, se abona en 12 pagas, sin pagas extras.

Con la reforma de los subsidios por desempleo bajo el Real Decreto-ley 2/2024, la mayoría de las ayudas han experimentado un aumento inicial de cuantías, seguido de una reducción progresiva. Sin embargo, en el caso del subsidio para mayores de 52 años, se mantiene su cuantía fija correspondiente al 80 % del IPREM.

La duración de este subsidio se extiende hasta que el beneficiario encuentre un empleo o alcance la edad ordinaria de jubilación, necesaria para acceder a la pensión contributiva de jubilación en el sistema de la Seguridad Social (edad que dependerá de los años cotizados). Para mantener la ayuda, es obligatorio presentar una declaración anual de rentas que acredite el cumplimiento del requisito de carencia de ingresos.

Un aspecto positivo de esta prestación es que, mientras se percibe, se realizan cotizaciones para la pensión de jubilación. En concreto, se cotiza sobre el 125 % del tope mínimo de cotización vigente, lo que actualmente equivale a 1.653,75 euros al mes.

El subsidio para mayores de 52 años se puede solicitar mediante cita previa en las oficinas del SEPE, por internet a través de la Sede Electrónica, o mediante el formulario de pre-solicitud disponible en la misma plataforma.

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