
Una mujer pierde la pensión de viudedad a pesar de tener dos hijos en común porque el uso de la vivienda tras el divorcio no se considera pensión compensatoria
El TSJ de Madrid da la razón a la Seguridad Social al considerar que el uso y disfrute del domicilio familiar no puede considerarse pensión compensatoria, por lo que no cumplía con los requisitos.