
La cuantía de las pensiones no contributivas no son fijas y depende de las rentas del beneficiario y de la unidad de convivencia. Aunque para 2024, el importe íntegro está fijado en los 517,90 euros mensuales, esto no quiere decir que sea la cuantía que se deba de cobrar. De hecho, recibir ingresos por el límite establecido puede llevar a reducir al cuota hasta los 129,48 euros.
Las pensiones no contributivas o (PNC) son prestaciones a las que acceden las personas que no han cotizado lo suficiente para acceder a una pensión contributiva. Estas pueden ser bien por jubilación o por invalidez y las mismas tienen como objetivo garantizar un nivel de ingreso mínimos, además de proporcionar asistencia médica y farmacéutica gratuita, tal y como explican desde el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO).
Debido a que el fin de esta ayuda es garantizar unos ingresos mínimos, la cuantía no será fija y se ajustará a las necesidades de cada beneficiario.
Cómo se calcula la pensión no contributiva
La cuantía de la pensión no contributiva se fija cada año en los Presupuestos Generales del Estado y se cobra en catorce pagas (doce mensuales y dos extraordinarias). En 2024, la cuantía es de 517,90 euros mensuales o 7.250,60 euros mensuales.
En el caso de haber más beneficiarios dentro de una misma unidad económica, la cuantía se ajusta sumando el 70% de la cuantía base por cada beneficiario adicional y dividiendo el total entre el número de beneficiarios. Por ejemplo, si fuera dos, sería sumar 517,90 + 362,53 / 2 = 440,22 euros.
Sin embargo, si tiene más ingresos, la cuantía de la pensión no contributiva se reduce. Según el artículo 14 del Real Decreto 357/1991, se deducen las rentas o ingresos anuales computables del beneficiario de la cuantía de la pensión. Además, si la suma de los ingresos de todos los componentes de la unidad económica supera el límite de acumulación de recursos, la pensión se ajusta para no sobrepasar dicho límite. En todo caso, la cuantía mínima de la pensión será, en cualquier caso, igual al 25% de la cuantía base, que son ahora mismo 129,48 euros o 1.812,65 euros anuales.
Es decir, que si tenemos más ingresos de lo esperado, la Seguridad Social podrá ajustar la cuantía de la pensión no contributiva de jubilación o invalidez. Sin embargo, esto no es inmediato. La Seguridad Social suele revisar la pensión a final de cada año. Para ello, todos los beneficiarios de esta prestación deben presentar una declaración anual de rentas durante el primer trimestre del año. Esto sirve para comprobar que siguen reuniendo los requisitos y, por otro lado, para ajustar la cuantía de la pensión conforme a los ingresos.
No comunicar una variación de los ingresos o unidad de convivencia puede conllevar devolver los importes cobrados indebidamente
Por otro lado, los pensionistas beneficiarios de estas prestaciones están obligados a comunicar las variaciones en su unidad de convivencia, estado civil, residencia e ingresos económicos que puedan influir en la conservación o la cuantía de la pensión. El plazo para comunicar estas variaciones es de 30 días naturales desde la fecha en que se produzca la variación, tal y como explican desde el IMSERSO.
En el caso de no comunicarlo, la Seguridad Social advierte que “los importes que resulten indebidamente percibidos tienen que ser devueltos por sus perceptores”.
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