Para jubilarse en España y acceder a la pensión contributiva de jubilación es necesario tener 15 años cotizados y cumplir con la edad ordinaria de jubilación, que suele estar en los 65 años o más, dependiendo de las cotizaciones. Sin embargo, el sistema de pensiones de la Seguridad Social es flexible y permite hacer excepciones en determinadas situaciones. En este sentido, muchos trabajadores se preguntan si es posible jubilarse con 63 años y menos de 15 años cotizados.
Los trabajadores que cuenten con menos de 15 años cotizados no podrán jubilarse a los 63 años ni condiciones normales y bajo una jubilación anticipada. Es decir, deberán esperar a su edad ordinaria legal que le corresponda según los años cotizados.
Desde 2013, la edad de jubilación y el tiempo necesario para cotizar han ido aumentando poco a poco. Este cambio continuará hasta 2027, cuando la edad de jubilación será de 67 años, o de 65 años para quienes hayan cotizado 38 años y medio, tal y como regula la Ley 27/2011.
¿Por qué no puedo jubilarme a los 63 años si tengo menos de 15 años cotizados a la Seguridad Social?
Primero, no es posible porque la Seguridad Social exige para la pensión de jubilación haber cotizado al menos 15 años (5.475 días) a lo largo de la vida laboral. Además, de esos 15 años, al menos dos deben estar dentro de los últimos 15 años antes de que se genere el derecho a la jubilación o antes de dejar de cotizar.
Para jubilarse anticipadamente a los 63 años se requiere una mayor cotización. En las jubilaciones voluntarias, se necesitan 35 años cotizados y que la pensión calculada por la Seguridad Social sea superior a la pensión mínima. En las jubilaciones involuntarias, se necesitan 33 años cotizados y que la causa sea ajena a la voluntad del trabajador.
Así, los trabajadores con menos de 15 años cotizados y 63 años de edad deberán seguir trabajando hasta alcanzar las cotizaciones mínimas y llegar a la edad ordinaria de jubilación, ya que no pueden acceder a la jubilación anticipada.
En 2024, para jubilarse a los 65 años, será necesario haber cotizado al menos 38 años. Si se ha cotizado menos tiempo, habrá que esperar hasta cumplir 66 años y 6 meses para jubilarse. Si ahora se tienen 63 años y menos de 15 años, la edad de jubilación será en 2027, por lo que se establecerá en los 67 años.
¿Qué pasa si no alcanzo los 15 años de cotización aun alcanzando la edad de jubilación?
Los trabajadores que no han cotizado los 15 años mínimos para obtener una pensión contributiva pueden optar por una pensión no contributiva al cumplir 65 años. Para acceder a una pensión no contributiva, es necesario tener 65 años y no tener ingresos superiores a 7.250,60 euros anuales.
Esta ayuda garantiza un mínimo de ingresos a quienes, por su edad, ya no pueden trabajar. Por eso, no todos los que no tienen derecho a ella, solos aquellos que demuestren encontrarse en una situación de vulnerabilidad económica.
La cuantía varía dependiendo de los ingresos del beneficiario (a mayor ingresos, menor prestación). La cuantía íntegra mensual son 517,90 euros mensuales (7.250,60 euros anuales) y la mínima del 25 % es de 129,48 euros al mes (1.812,65 euros anuales). Estas se perciben en 14 pagas, 12 mensualidades más dos pagas extraordinarias en junio y noviembre.
¿Es posible seguir trabajando más allá de la edad de jubilación?
Sí. En España, no hay un límite de edad para dejar de trabajar. Al alcanzar la edad legal de jubilación, se puede optar por seguir trabajando si así se desea, retrasando la jubilación. Negar esta posibilidad solo por la edad sería contrario al artículo 35.1 de la Constitución Española, que establece el derecho al trabajo para todos los españoles. Además, la misma Seguridad Social bonifica las jubilaciones más tardías a través de la jubilación demorada con incentivos que pueden llegar los 12.000 euros por año completo cotizado.
Por lo tanto, si al llegar a los 65 años faltan pocas cotizaciones para acceder a la pensión contributiva de jubilación, se puede decidir seguir trabajando y jubilarse más tarde. Esto también dependerá un poco de los años que le falten para cumplir los requisitos de la pensión contributiva.
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