
La Seguridad Social puede bajar la pensiones por debajo de las mínimas y retirar el complemento a mínimos si se superan un límite determinado nivel de ingresos anuales. Es decir, que se podría perder este complemento haciendo que la pensión baje por debajo de la cuantía mínima.
La pensión mínima, establecida por ley, se aplica a las prestaciones contributivas que son inferiores a esta cantidad. Para acceder a ella, es necesario demostrar ingresos bajos y residir en España. A estos pensionistas se les otorgará el complemento a mínimos, que es la cantidad necesaria para alcanzar la pensión mínima.
Según las últimas estadísticas de la Seguridad Social (a fecha de junio de 2024), de los 6,4 millones de pensionistas que hay en España, 1,2 millones cobran el complemento a mínimos, un 19,28% de los pensionistas. Estos cobrar una pensión media de 814,76 euros y perciben un complemento a mínimo de 272 euros.
Régimen Seguridad Social | Pensión media (€) | Cuantía complemento a mínimos (€) | Pensionistas que lo perciben | Porcentaje sobre el total |
---|---|---|---|---|
Total | 814,76 | 272,73 | 1246617,00 | 0,19 |
General | 810,28 | 273,56 | 845334,00 | 0,18 |
Trabajadores autónomos | 823,92 | 272,01 | 384803,00 | 0,29 |
Trabajadores del mar | 811,68 | 234,14 | 9180,00 | 0,14 |
Minería del carbón | 661,53 | 247,76 | 264,00 | 0,01 |
Accidentes de trabajo | 901,07 | 280,71 | 5948,00 | 0,11 |
Enfermedades profesionales | 910,78 | 235,91 | 529,00 | 0,05 |
Según explican desde la Seguridad Social, para recibir el complemento a mínimos es necesario ser beneficiarios de una pensión contributiva de jubilación con una cuantía inferior a la mínima fijada. También se deben tener ingresos anuales inferiores a 8.941,33 euros si no se tiene cónyuge a cargo, o 10.429,82 euros si se tiene cónyuge a cargo. Por último, se debe residir en España.
Situaciones en las que la Seguridad Social puede bajar la pensión por debajo del mínimo
Cobrar ingresos por encima de los límites permitidos conllevará a la perdida del complemento a mínimos, ya que no reúne los requisitos para cobrar dicho complemento. De darse esta situación se cobraría la pensión que correspondería según el método de cálculo de la pensión de jubilación de la Seguridad Social.
Es decir, que si por ejemplo, cuando se aplicó el cálculo la pensión esta era de 300 euros al mes, se cobrará esta cuantía. En el caso de volver a reunir los requisitos, se podrá solicitar nuevamente este complemento a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social o de forma presencial en sus oficinas.
Desde la Seguridad Social explica que en esta situación se deberá comunicar cuando perciban (o prevean percibir) ingresos superiores a los límites establecidos.
En el caso de recibir ingresos por encima de los límites establecidos y no comunicarlo, si la Seguridad Social lo llegase a detectar podrá, aparte de bajar la cuantía de la pensión, solicitar que los perceptores tengan que devolver los importes indebidamente percibidos.
Desde el organismo recuerda que el complemento a mínimos es un complemento para ayudar a los pensionistas más vulnerables a conseguir que su pensión alcance el mínimo fijado por ley. Se puede decir, que es más o menos una especie ayuda para garantizar unos ingresos mínimos. Por ello, se concede a aquellos con carencia de ingresos.

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