La Seguridad Social lanza un aviso a las personas con deudas en la administración

Las deudas con la Seguridad Social se deben saldar lo antes posible: desde el organismo avisan de cómo abonar los impagos sin necesidad de ir al banco.

Importante aviso de la Seguridad Social para las personas con las que tienen deudas
Deudas Seguridad Social
Esperanza Murcia

Mantener deudas con la Seguridad Social puede tener graves consecuencias. Entre ellas, el recargo del importe o el embargo de bienes o de la cuenta bancaria. Por ello, conviene saldar las cuentas pendientes con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) lo antes posible, para lo que el organismo ha lanzado un importante aviso. 

Lo ha hecho mediante la cuenta de Twitter de Atención a la ciudadanía, recordando que hay deudas que se pueden pagar con tarjeta bancaria de débito o crédito. Son, en concreto, las siguientes. 

  • Deudas en vía voluntaria no ingresadas en plazo reglamentario.
  • Deudas en vía ejecutiva.
  • Deudas que hayan sido objeto de reclamación de deuda.

Pero, ¿cómo pagar las deudas con la Seguridad Social? Hay que acceder al portal ‘Importass’, disponible para solventar los impagos mediante tarjeta de crédito/débito u obteniendo una carta de pago para realizar su ingreso presencialmente en una entidad bancaria. A continuación se explica el paso a paso, para que no haya ningún problema y se puedan saldar lo antes posible las deudas con la entidad.

Cómo pagar una deuda con la Seguridad Social 

En primer lugar, se va a explicar cómo pagar una deuda con la Seguridad Social con tarjeta. Lo primero es entrar al portal ‘Importass’ y pulsar en el apartado “Pago de deudas con tarjeta”. Una vez dentro de esta sección, solo hay que seguir estos pasos:

  • Hacer clic en “Pagar deuda”. 
  • Rellenar los datos solicitados: nombre completo, NIF/NIE, número de referencia o expediente, número de cuenta restringida e importe. 
  • Pinchar en “Realizar pago”. Es posible descargarse un justificante al pulsar en “Imprimir comprobante”. 

Se trata de un servicio gratuito para el que se necesita disponer del documento de identidad, el número de referencia del documento de deuda, el número de cuenta que figura en el dicho documento y los datos de seguridad de la tarjeta de crédito o débito. Si, al contrario, se pretende resolver el impago de forma presencial en una entidad financiera, se debe pulsar, en el mismo portal, en “Consulta de deudas y obtención de documento de pago”. 

Al hacerlo, habrá que pinchar en “Consultar deudas” y después registrarse con sistema Cl@ve (clave PIN o permanente), certificado digital, DNI electrónico o vía SMS, si se tiene registrado el móvil en la Seguridad Social. Tras obtener la carta de pago, habría que acudir al banco para realizar el ingreso en un cajero automático, en ventanilla o bien efectuando una transferencia bancaria. 

El pago, recuerdan en la web de la TGSS, se puede realizar en cualquier momento del día. Aunque hay que tener en cuenta que, como regla general, el ingreso se registrará entre las 24 y 48 horas siguientes. Por último, recordar que a través de ‘Importass’ los interesados también puedes obtener el certificado de estar al corriente de las obligaciones en la Seguridad Social, que se solicita en algunos trámites y ayudas. 

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