Solo faltan unas semanas para dar por cerrada la Campaña de la Renta 2021-2022 y donde los contribuyentes pueden presentar sus declaraciones por teléfono, internet o de manera presencial en las oficinas de Hacienda. El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) ha querido recordar que los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV) están obligados a presentar la declaración y explica las consecuencias de no hacerlo.
La prestación del INSS ha sido un balón de oxígeno para que las miles de familias con bajos ingresos económicos puedan llegar a fin de mes. Ahora, ante una escalada de precios y el IPC disparado se hace más necesario que nunca seguir contando con el Ingreso Mínimo Vital y por ello la Seguridad Social (INSS) pide que no se olvide de presentar la declaración de la Renta.
?️Los beneficiarios del #IMV en 2021 tienen que hacer la declaración de la #Renta2021, que no se te pase.
— Atención a la ciudadanía de @inclusiongob (@incluinfo) June 9, 2022
?¿Necesitas cita presencial para hacerla? https://t.co/8J4WehzWoh pic.twitter.com/IeolaZO5TB
Muestra de ello es que el organismo ha publicado en Twitter a través de su perfil de atención a la ciudadanía un aviso informando a los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital de la obligación de presentar la declaración de la Renta antes de final de mes. Fecha en la que coincide con el cierre de la campaña.
Consecuencias de no declarar el Ingreso Mínimo Vital
"Que no se te pase”. Así, ha advertido el organismo al cerca de millón de personas y familias que actualmente cobran esta prestación no contributiva de la Seguridad Social. Aquellas personas que no presenten la declaración perderán el IMV.
Son muchas las personas que a día de hoy piensan que presentar la declaración si cobra el Ingreso Mínimo Vital puede salirte a pagar o que pueden retirarte la ayuda y por ese motivo, por miedo o desconocimiento no lo hacen.
Lo cierto es, que no presentarla si llevará a la suspensión de la ayuda. Por otro lado, esta ayuda está dentro de las prestaciones no contributivas. Esto significa, que están exentan de IRPF, por lo que no se verá alterada y no se deberá pagar nada por percibirla.
Solo habrá una excepción y será cuando los ingresos del IMV superen en 1,5 veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples). En ese caso habrá que declarar por la parte excedente, que son 11.862,90 euros.
En el caso de percibir el Ingreso Vital junto con otra prestación, subsidio o pensión se deberá de declarar aquellas que no estén libres de tributación como, por ejemplo, el paro. Recordemos, que se puede cobrar el IMV juntos con los subsidios del SEPE.
Los beneficiarios que decidan no presentarla pese a su obligación perderán el derecho a seguir cobrándola durante ese año, pero podrán volverla a solicitar al año siguiente. En el caso de que esta situación se repita por una segunda vez, la Seguridad Social procederá a sancionar al beneficiario con la suspensión total del Ingreso Mínimo Vital.
El motivo por el que hay que declarar el Ingreso Mínimo Vital
Hay una razón por la que este trámite es obligatorio y es, que tanto la Seguridad Social como Hacienda deben saber el nivel de ingresos de los beneficiarios de esta prestación, cruzando los datos de ambas administraciones. Gracias a la declaración de la Renta se puede saber cuántos ingresos ha obtenido y permite el INSS saber si existe una vulnerabilidad en dicha persona.
Lo más leído
-
Trabajo confirma una multa de 7.500 euros por cada trabajador al incumplir con el registro horario
-
Una empleada de Mercadona no consigue al indemnización tras su baja por incapacidad temporal al considerar que no hubo despido
-
Revisa tu nómina: los dos datos que debes comprobar para saber si cobras lo que te corresponde
-
Precio de la luz por horas hoy, 12 de noviembre: cuándo es más barata y cara
-
Una empleada de Mercadona vuelve de una incapacidad temporal, se niega al cambio de horario, la despiden y este es nulo por el Tribunal Supremo
-
El SEPE denegará el subsidio para mayores de 52 años a los desempleados que no hayan cotizado al menos 6 años por desempleo