Las normas de tráfico en España no tienen en cuenta sólo cómo se conduce sino que establece unas reglas para poder circular con seguridad por las carreteras, autopistas y autovías nacionales. Así, a las medidas adoptadas por la DGT (Dirección General de Tráfico) para prevenir accidentes hay que sumar que los agentes pueden multar con hasta 3.000 euros a las personas que incumplan la normativa de objetos peligrosos.
El Reglamento General de Circulación, aprobado por el RD 1428/2003 establece que los conductores tienen que garantizar en todo momento que el vehículo no suponga un riesgo, y esto incluye los objetos que se llevan en el interior. No cumplir con esto o portar alguno de estos elementos como pistolas o cualquier objeto contundente puede derivar en sanciones que en los casos más graves pasan de los 600 euros, alcanzando cifras cercanas a los 3.000 euros.
En la norma no se hace alusión a dónde se lleven estos objetos. Es decir, sancionarán igual si los encuentran en la guantera, en el maletero o en el bajo de los asientos. Todo con la intención de evitar cualquier objeto que comprometa la seguridad de los conductores. En este sentido, en el reglamento sí queda claro que el conductor está obligado a “mantener su propia libertad de movimientos” garantizando “adecuada atención a la conducción”, por lo que deberá estar pendiente de objetos que puedan molestar o interferir.
Las conductas que constituyen motivo de sanción pueden ser consultadas directamente en la página web de la DGT en el apartado de ‘Multas y sanciones’.
Objetos peligrosos y responsabilidad de los conductores
Uno de los aspectos fundamentales de la normativa es el que hace referencia a la responsabilidad sobre la carga y los objetos transportados. El reglamento deja claro que tendrán que ir colocados de forma que no puedan caer “total o parcialmente” ni desplazarse de manera “peligrosa” comprometiendo la estabilidad del vehículo. Y aquí es donde se incluye tanto el habitáculo interior como la zona del maletero.
Esto deja abierta la puerta a sanciones en el momento en que los agentes de Tráfico encuentren objetos contundentes, herramientas sueltas o elementos que consideren “potencialmente peligrosos” que puedan causar daños en caso de que haya algún frenazo o un accidente.
En situaciones más graves se podría considerar el que estos objetos estén relacionados con la seguridad de manera directa, como es el caso de las armas o los objetos peligrosos, y aquí las multas podrían ser más elevadas.
¿Qué documentación hace falta en los controles?
El reglamento también especifica qué documentación hace falta en caso de que den el alto en un control en carretera o ciudad. Aunque el formato digital está aceptado, los agentes pueden pedir el permiso de conducir, el permiso de circulación y la tarjeta de la ITV en vigor.
Cuando falte alguno de estos papeles, se pondrá en marcha el procedimiento sancionador así como en el caso de que se detecte alguna irregularidad, por ejemplo, una falsificación.
La baliza V-16 es obligatoria y debe ir en el coche
Otro aspecto relevante es la obligación de contar con determinados elementos de seguridad. Aunque el reglamento se actualiza continuamente, lo que no cambia es la obligatoriedad del conductor de llevar los medios necesarios para poder señalizar un accidente o una avería.
La normativa reciente ha introducido un nuevo elemento que es la baliza V-16, conectada a la DGT y obligatoria desde el pasado 1 de enero, que se podrá llevar conjuntamente con los triángulos de señalización.

