Si hay algo a lo que temen todos los conductores es a las multas de la Dirección General de Tráfico (DGT), y hay ciertos temas que generan dudas sobre si son o no motivo de sanción. Uno de los más cuestionados es si la DGT puede multar por tener sin pasar la Inspección Técnica de Vehículos (ITV).
Según el Real Decreto 920/2017, de 23 de octubre, por el que se regula la inspección técnica de vehículos, tendrán que pasar estas revisiones los vehículos matriculados o que vayan a ser matriculados en España, con la periodicidad, requisitos y excepciones estipulados para cada tipo de vehículo.
En los turismos, que son los vehículos que habitualmente se utilizan para uso particular, habrá que realizarla a partir del cuarto año tras su matriculación, y posteriormente cada 2 años hasta cumplir el décimo. A partir de esa fecha, deberán de acudir a revisión de forma anual. De este modo se garantiza que no hay defectos graves en ellos que comprometan la seguridad de la circulación.
Multas por circular sin ITV
Desde red itevelesa, servicio de ITV, explican que circular sin la inspección o con ella pasada con un resultado desfavorable es un riesgo para la seguridad vial, además de suponer sanciones económicas, y los vehículos no estarán cubiertos por los seguros en caso de accidente.
En este caso, según informan desde el servicio, las sanciones varían según el estado en el que se encuentre la inspección del vehículo:
Circular sin ITV por caducidad
Circular con la ITV caducada puede suponer una multa de 200 euros y la posibilidad de inmovilización del vehículo si presenta deficiencias graves para circular.
Circular con ITV Desfavorable
Si se ha pasado la ITV y el resultado ha sido tipificado como grave, se tienen según informa 'itevelesa' dos meses para solventarlos y volver a pasar la revisión. No obstante, si se circula con ella en este estado, la sanción puede ser de 300 euros pudiendo continuar la marcha si han transcurrido menos de dos meses, y procediéndose a la inmovilización del coche si se ha superado este periodo.
Circular con ITV Negativa
En este caso, el coche no cumple con la normativa y tras pasar la inspección técnica queda inutilizado, de modo que debe llevarse al taller por algún medio que no sea circulando, por ejemplo una grúa, para que realicen las modificaciones oportunas y se adapte a las normas.
Circular en este estado supone multas de 500 euros y la inmovilización inmediata del vehículo.
Qué pasa si no se está circulando
En el caso de que el vehículo esté aparcado en la vía pública, pero no circulando, sin tener la ITV en regla, varias sentencias judiciales establecen que no hay motivo de multa, ya que se entiende en la normativa que lo ilícito es circular sin la ITV no el hecho de no pasarla.
Por tanto, si el vehículo no está en movimiento no se podía ser multado, aunque esta norma se presta a interpretaciones.
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