
La Seguridad Social acaba de lanzar la nueva tabla salarial de las empleadas domésticas para este año de 2022, en concordancia con la subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) hasta los 965 euros brutos al mes repartidos en 14 pagas y con efectos retroactivos desde el pasado día 1 de septiembre. En resumidas cuentas, 15 euros más reflejado en las nóminas mensuales de todos los trabajadores, incrementado con el prorrateo de pagas extraordinarias.
Este incremento de las gratificaciones afecta directamente a las empleadas del hogar, que subió un 1,6%, y cuyo sueldo no puede ser inferior a 1.125,83 euros para aquellas con contrato a tiempo completo. Así lo notifica la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS). A este respecto, hay que tener en cuenta que si la retribución abonada es superior a esa cantidad económica, el empleador deberá declarar la totalidad de las gratificaciones abonadas.
Así queda la tabla salarial de las empleadas domésticas en 2022
Hay que tener en cuenta que aquellas personas que tengan contratada a una trabajadora del hogar externa por horas, es decir, por menos de las 40 horas semanales, deberán aplicar la cuantía por hora trabajada reflejada en el BOE número 233 el pasado 29 de septiembre. Se establece en 7,55 euros por hora efectivamente trabajada.
Asimismo, el salario asciende a 1.055,60 euros para jornadas de 35 horas semanales, 904,80 euros para jornadas de 30 horas a la semana, o 603,20 para jornadas de 20 horas semanales, y 452,40 euros al mes para 15 horas de trabajo por semana. Esto se suma a la obligación de que también se declaren el resto de retribuciones no monetarias. Se refiere, por ejemplo, a los casos como alojamiento o manutención que, en ningún caso, pueden estar incluidos como parte de la nómina.
Tablas salariales
- 40 horas semanales: 1.125,83 euros.
- 39 horas semanales: 1.176,24 euros.
- 38 horas semanales: 1.146,08 euros.
- 37 horas semanales: 1.115, 92 euros.
- 36 horas semanales: 1.085, 76 euros.
- 35 horas semanales: 1.055,60 euros.
- 34 horas semanales: 1.025,44 euros.
- 33 horas semanales: 995,28 euros.
- 32 horas semanales: 965,12 euros.
- 31 horas semanales: 934, 96 euros.
- 30 horas semanales: 904,80 euros.
- 29 horas semanales: 874,64 euros.
- 28 horas semanales: 844, 48 euros.
- 27 horas semanales: 814, 32 euros.
- 26 horas semanales: 784, 16 euros.
- 25 horas semanales: 754 euros.
- 24 horas semanales: 723, 84 euros.
- 23 horas semanales: 693, 68 euros.
- 22 horas semanales: 663, 52 euros.
- 21 horas semanales: 633, 36 euros.
- 20 horas semanales: 603,20 euros.
- 19 horas semanales: 573, 04 euros.
- 18 horas semanales: 542, 88 euros.
- 17 horas semanales: 512, 72 euros.
- 16 horas semanales: 482, 56 euros.
- 15 horas semanales: 452,40 euros.
- 14 horas semanales: 422,24 euros.
- 13 horas semanales: 392,08 euros.
- 12 horas semanales: 361, 92 euros.
- 11 horas semanales: 331, 76 euros.
- 10 horas semanales: 301, 60 euros.
- 9 horas semanales: 271, 44 euros.
- 8 horas semanales: 241, 38 euros.
- 7 horas semanales: 211,12 euros.
- 6 horas semanales: 180, 96 euros.
- 5 horas semanales: 150, 96 euros.
- 4 horas semanales: 120, 64 euros.
- 3 horas semanales: 90,48 euros.
- La cuantía por hora trabajada: 7,55 euros.
Cómo actualizar el salario de una persona empleada de hogar
Hay que recordar que desde el pasado 1 de octubre, los ciudadanos en general y los autorizados RED ya pueden comunicar a través de Import@ss, el nuevo portal de la TGSS, el salario actualizado y renovado de los trabajadoras del hogar estipulado para este año. Para hacerlo deberá identificarse vía SMS, con certificado digital o cl@ve y se puede acceder desde este enlace directo.
Por otro lado, en el caso de que no se disponga de ninguno de las tres vías mencionadas se puede cumplimentar el modelo TA.2/S-0138 de solicitud de alta, baja o variación de datos del trabajador/a por cuenta ajena en el Régimen General - Sistema Especial para empleados de hogar. Cuando se rellene, será necesario enviarlo a la TGSS con la ayuda de este formulario. Habrá que seleccionar la categoría ‘empleador/Empleado de Hogar’. También se tendrá que adjuntar una copia del DNI.
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