
La jubilación anticipada es una opción de retiro profesional que la Seguridad Social ofrece a los trabajadores que no quieren esperar a llegar a la edad ordinaria de jubilación en España. Hay casos en los que el trabajador finaliza su trabajo de manera involuntaria y su mejor opción es pedir la jubilación a los 61 años. La Seguridad Social lo permite, pero es necesario reunir una serie de condiciones.
Lo primero que hay que saber es que la edad de jubilación cambia cada año. En 2023, la edad ordinaria de jubilación se sitúa en los 65 años para aquellos que tienen 37 años y nueve meses cotizados a la Seguridad Social. En el caso de no llegar a dichas cotizaciones, la edad de retiro será la edad de 66 años y 4 meses.
Teniendo en cuenta esto, un trabajador podrá jubilarse a los 61 años de manera anticipada, pero esta debe ser de forma involuntaria. Además, será necesario reunir una serie de requisitos establecidos por la Seguridad Social y saber que la pensión se reducirá entre un 24% y un 30%.
¿Quién puede jubilarse a los 61 años?
Pueden jubilarse a los 61 años de edad los trabajadores que han visto extinguido su contrato de trabajo de manera involuntaria y quieran solicitar la jubilación anticipada forzosa (permite adelantar la jubilación hasta 4 años). Para ello, es necesario que el trabajador cuente con 37 años y seis meses de cotización, requisitos exigidos para que la edad de jubilación sea a los 65 años.
Para acceder a una jubilación anticipada involuntaria es necesario que esta se produzca ajena a la voluntad del trabajador. Además, es necesario haber cotizados al menos dos años en los últimos 15 años y llevar como mínimo seis meses inscrito como demandante de empleo antes de pedir la solicitud jubilación.
La extinción laboral debe producirse por alguna de las siguientes causas:
- Despido por Expediente de Regulación de Empleo (ERE).
- Que se produzca un despido objetivo basado en el artículo 52 Estatuto de los Trabajadores.
- La extinción del contrato por resolución judicial en los supuestos contemplados en la Ley concursal.
- Que la extinción del contrato sea por fuerza mayor.
- Por fallecimiento, jubilación o incapacidad del empresario, o por la extinción de la personalidad jurídica de la empresa.
- Cuándo la trabajadora sea víctima de violencia de género y que, por ese motivo, deba abandonar su puesto de trabajo.
La pensión que se cobra al jubilarse a los 61 años
Todos los trabajadores que se acojan a una jubilación anticipada a los 61 años deberán hacer frente a una reducción en la pensión de jubilación. Esta reducción en la cuantía dependerá de los años cotizados.
La Seguridad Social cuenta con una tabla de coeficientes reductores, los cuales se han visto modificados por la ‘reforma Escrivá’ de las pensiones. Anteriormente, estos eran trimestrales y ahora son, mensuales. Estas se encuentra recogidas en la Ley 21/2021, de 28 de diciembre y publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
De esta forma, tras calcular la pensión de jubilación, el trabajador deberá aplicar los coeficientes reductores según los años cotizados, los cuales quedarán de la siguiente manera:
- Menos de 38 años y 6 meses cotizados, la reducción será del 30%.
- Menos de 41 años y 6 meses cotizados, la reducción será del 28%.
- Menos de 44 años y 6 meses cotizados, la reducción será del 26%.
- 44 años y 6 meses cotizados o más cotizados, la reducción será del 24%.
Por último, hay que tener en cuenta, que en la jubilación a los 61 años, la pensión que se perciba sí puede ser inferior a la pensión mínima. Por otro lado, la pensión máxima de jubilación es de 3.059 euros mensuales (42.829,29 euros anuales).
Estos trabajadores pueden jubilarse a los 61 años con el 100% de la pensión
Hay ciertas profesiones que por su peligrosidad, penosidad o toxicidad pueden acogerse a una jubilación anticipada a los 61 años. La Seguridad Social cuenta con un listado en el que recoger que profesiones pueden acogerse a esta jubilación especial, siendo las siguientes:
- Trabajadores incluidos en Estatuto Minero
- Personal de vuelo de trabajos aéreos
- Trabajadores ferroviarios
- Artistas
- Profesionales taurinos
- Bomberos al servicio de las administraciones y organismos públicos
- Miembros del Cuerpo de la Ertzaintza
- Policías Locales
Los funcionarios o Clases Pasivas también podrán acogerse a la jubilación anticipada a los 61 años, siempre y cuando acrediten contar con al menos 30 años de servicio efectivo al Estado. Además, este colectivo puede jubilarse anticipadamente a los 60 años, en estos supuestos.
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