Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) podría provocar cambios en la indemnización por despido en España. Este tribunal aumentó la indemnización legal que le correspondía a una trabajadora que fue despedida de forma improcedente, elevándola de 33 a 48 días por año trabajado, considerando que la cuantía original era “insignificante” y no llegaba a reparar los daños causados por la pérdida del trabajo, además de que no era disuasoria.
Firmada el 30 de enero de 2023, fue la primera sentencia en España donde un juez aumentó la cuantía legal de la indemnización por despido improcedente. Existen ejemplos de sentencias de primera instancia de los juzgados de lo Social pero, como explican desde ‘Cinco Días’, los tribunales superiores de Justicia siempre habían rechazado la posibilidad de conceder mayores compensaciones por este tipo de despidos. Hasta ahora, cuando el TSJ de Cataluña sí se ha posicionado a favor.
Varias fuentes jurídicas, consultadas por el citado medio económico, coincidirían en que es “cuestión de tiempo” que haya más jueces de instancias superiores que reconozcan indemnizaciones mayores a las legales, aumentándose las demandas por despido que reclaman una “compensación adicional resarcitoria” junto a la indemnización legal.
En qué consiste esta compensación adicional resarcitoria
Esta “compensación”, como se ha indicado, tendría carácter “resarcitorio”. Vendría a reclamar el daño cometido al trabajador por la pérdida de su empleo en función de sus circunstancias: antigüedad en la empresa, edad o la imposibilidad de poder pedir una prestación por desempleo al aceptar un trabajo del que le han echado en poco tiempo, por ejemplo.
Se estaría ante una especie de “indemnización a la carta” que encajaría con la demanda presentada por el sindicato UGT, el pasado otoño, ante el Comité Europeo de Derechos Sociales (CEDS) del Consejo de Europa, en contra del modelo español de indemnización por despido. En la misma posición que el sindicato, estaría la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, que optaría por esta indemnización a la carta, para conseguir que la indemnización por despido en España sea disuasoria y resarcitoria.
Para apoyar su postura, UGT se apoyaría en la Carta Social Europea, ratificada por el Gobierno de España y publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) en junio de 2021, y que recoge “el derecho de los trabajadores despedidos sin razón válida a una indemnización adecuada o a otra reparación apropiada” (artículo 24), entendiendo que con el modelo actual, la indemnización por despido “no es lo suficientemente resarcitoria ni disuasoria”, especialmente en el caso de los trabajadores con poca antigüedad en las empresas.
También se apoyarían en el Convenio 158 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), entendiendo que la indemnización por despido debe reparar suficientemente el daño causado en el trabajador. Aunque el Gobierno, a excepción de Yolanda Díaz, y la patronal estarían en contra, los tribunales sí que están fallando en favor de estas indemnizaciones personalizadas. A esto se podría sumar una resolución favorable del Consejo de Europa a la demanda de UGT, admitida en trámite, y que podría instar a un cambio en la legislación para usar este argumento y, consecuentemente, elevar las indemnizaciones.
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