El Instituto de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social ha emitido un informe favorable sobre la solicitud del colectivo de transportistas para adelantar su edad de jubilación. Según explica la abogada Miriam Ruiz, esta decisión supone el “tercer y último informe que lo avala”, por lo que abre el camino para que los conductores profesionales puedan jubilarse sin sufrir recortes en la pensión.
“Según este organismo, las personas que desempeñan esta profesión no solamente lo hacen en condiciones penosas, sino que también es muy complicado adaptarles el puesto de trabajo”, detalla la abogada, dando así toda la razón al criterio aplicado por la Inspección.
“Van a seguir ejerciendo las mismas funciones”
La dificultad para modificar las condiciones laborales de los conductores de más edad es uno de los pilares fundamentales del informe. La abogada apoya la conclusión de la Inspección de Trabajo.
“Estoy completamente de acuerdo con este criterio, y es que al fin y al cabo a estas personas puedes tratar de reducirles las horas de conducción o aumentarle el tiempo de descanso, pero al fin y al cabo van a seguir ejerciendo las mismas funciones”, señala Ruiz.
Para la abogada, la viabilidad de modificar el entorno laboral es prácticamente nula. “A mí personalmente no se me ocurre ninguna forma en que se pueda adaptar este puesto de trabajo para que no se apliquen estos coeficientes reductores”, explica.
De esta forma, con el dictamen favorable de la Inspección de Trabajo, que se suma a los ya emitidos por la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social (DGOSS) y por el Instituto Nacional de la Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST), al proceso ya solo le falta la parte administrativa.
La abogada explica que ahora, los pasos a seguir para su aprobación final serán los siguientes:
- Informe de la comisión de evaluación: Los tres informes técnicos favorables deben remitirse a la comisión de evaluación para que emita su propio dictamen en el plazo de un mes. “Si todo sigue igual y se cumple este último plazo, este informe se tiene que quedar emitido dentro de este mes de agosto, porque a estos efectos este mes no es inhábil”, aclara la experta.
- Trámite de audiencia: Una vez emitido ese dictamen de la comisión, la administración debe otorgar “un plazo de 10 días hábiles a las partes interesadas para que formulen alegaciones”.
- Resolución definitiva: Transcurrido el periodo de alegaciones, todo el expediente administrativo pasará a manos de la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social. Será este organismo el encargado de emitir la resolución final que confirmará “si se van a aplicar esos coeficientes reductores y a quiénes”.
La jubilación anticipada por penosidad
Los coeficientes reductores sobre la edad de jubilación son un mecanismo diseñado por la Seguridad Social para reducir la edad ordinaria de retiro en aquellas profesiones que destacan por su elevada siniestralidad, penosidad, toxicidad o peligrosidad. De esta forma, por cada año trabajado bajo dicha profesión, la Seguridad Social aplica un coeficiente que reduce la edad para jubilarse. De este modo no se aplican penalizaciones, ya que según los artículos 207 y 208 de la Ley General de la Seguridad Social, las jubilaciones anticipadas conllevan recortes de hasta el 30%.
En este sentido, el sector del transporte de mercancías por carretera lleva años reclamando este derecho, pues a partir de los 60 años un conductor no reúne las mismas condiciones, sin contar su exposición a la carretera.
Ahora, y como señala la abogada: “Todo parece indicar que es muy probable que para el mes de octubre tengamos resolución”.

