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Despedida por quejarse del comportamiento de su jefe: la empresa debe indemnizarla con 50.000 euros

La empleada había conseguido un ascenso pero seis meses más tarde la despidieron sin avisar con antelación y sin motivos justificados.

Mujer triste en oficina
Imagen de una mujer triste en la oficina. |Envato
Berta F. Quintanilla
Fecha de actualización:

Una empresa deberá pagar 50.000 euros de indemnización a una empleada que fue despedida de manera improcedente tras quejarse del comportamiento de uno de sus jefes. La empleada había sido ascendida en su puesto, a un cargo de alta responsabilidad y la habían trasladado a Irlanda. Cuando comenzó a desarrollar sus nuevas funciones, seis meses después, recibió la carta de despido. Coincidió con que ella había planteado sus preocupaciones por la conducta de su jefe.

Como ha contado al medio Irish Times, la Comisión de Relaciones Laborales de Irlanda (WRC) consideró que la forma en la que se produjo el despido vulneraba todos los derechos del trabajador. Además, calificaron la conducta de los responsables de la empresa como “muy graves”.

La trabajadora, cuando acudió a este organismo, explicó que sí era cierto que se había quejado, pero que lo hizo para que fuesen analizadas y estudiadas. Y que, cuando las expuso en una reunión, le pidieron que las realizase por escrito. 

Durante una videoconferencia en la que participó el gerente al que había trasladado la queja, la persona sobre la que se había quejado y el encargado de Recursos Humanos, le dijeron que su contrato estaba rescindido de manera inmediata. 

No hubo preaviso de despido

La empresa se opuso a celebrar una audiencia en la que estudiar el conflicto laboral en la que estuviese presente la trabajadora o un abogado. La Comisión de Relaciones Laborales, además, había citado a los responsables, pero ninguno acudió.

La encargada del caso, Christina Ryan, ante esta incomparecencia dio por buena la versión de la trabajadora, considerando la situación como “coherente y clara”. Añadió que el despido en ningún momento fue consensuado con la afectada. 

Ryan señaló que la empleada no podía acogerse a la Ley de Despidos Improcedentes de 1977 porque no había cumplido un año de servicio en la empresa. Pero aclaró que esto no eliminaba su derecho a un procedimiento justo antes de ser despedida. 

El despido no fue justo

La responsable señaló que la empresa había incumplido todos los requisitos para que el despido fuese válido. Como dijo, no hubo ningún proceso establecido antes de decidir despedir a la trabajadora. Destacó la manera en que se llevó a cabo el despido como agravante de la situación, ya que la empleada acudió a la reunión engañada, ya que le dijeron que iban a tratar las quejas que ella misma había planteado. 

La Comisión también tuvo en cuenta el impacto que el despido tuvo en la reputación profesional y en la empleabilidad de la trabajadora. La empleada aseguró que, pese a sus constantes esfuerzos, estaba teniendo dificultades para encontrar un nuevo empleo y consideraba que su breve paso por la empresa había perjudicado sus posibilidades laborales.

Indemnización de 50.000 euros a la trabajadora

La Justicia señaló que la indemnización que correspondía a la trabajadora era de 50.000 euros, para fijar esa cuantía, tuvo en cuenta la conducta del empleador, el carácter “abrupto e imprevisto” del despido, la antigüedad de la trabajadora y el hecho de que se le hubiera exigido trasladarse internacionalmente para aceptar el puesto. 

La empleada no tenía la antigüedad que exige la ley para reclamar el despido improcedente bajo la norma irlandesa, por eso la empresa debía haber respetado unas garantías mínimas y un procedimiento justo antes de extinguir el contrato.