El Consejo de Europa (CE) sube la presión al Gobierno de España y por medio de su Ministerio de Trabajo y Economía Social (la cartera de Yolanda Díaz) tendrá que revisar a fondo la indemnización por despido improcedente. De este modo, desde Europa se pide que sea disuasoria para el empresario y que al mismo tiempo, repare el daño causado al trabajador.
Esta medida llega una vez conocida la decisión del CEDS (Comité Europeo de Derechos Sociales) que se publicó el pasado 29 de julio, tras una reclamación puesta por el sindicato UGT (Unión General de Trabajadores), dirigido por Pepe Álvarez, contra España por considerar insuficiente la indemnización por despido injustificado.
Ahora, el Consejo de Europa ha emitido una recomendación al Gobierno de Pedro Sánchez de modo que se garantice que la cuantía a pagar al trabajador en los despidos improcedentes sin causa justificada sea disuasoria para los empresarios. De este modo, los trabajadores estarán más protegidos ante estas rescisiones de contrato.
Que la indemnización “tenga en cuenta el daño real de las víctimas”
En la recomendación que realiza el Consejo de Europa (CE) y recoge Europa Press, se ha emplazado a España a cambiar la legislación para que según lo que se prevé en el plan político de 2024, quede garantizado que la indemnización en casos de despido ilegal y cualquier baremo que se use para calcularla, tenga en cuenta el daño real a las víctimas y las individualidades de cada caso.
Una vez que se haya analizado este punto, desde Europa se pide al Ejecutivo que se indiquen las medidas adoptadas en el próximo informe. Todas estas recomendaciones realizadas por el Comité de Ministros del Consejo de Europa se han producido una vez que el CEDS fallase contra España por 13 votos a 1 en la regulación de la indemnización por despido improcedente, considerando que se viola el artículo 24 de la Carta Social Europea.
En su día, España ratificó al completo la Carta Social Europea y además el PSOE y Sumar se comprometieron con un acuerdo de Gobierno a establecer garantías para proteger a las personas trabajadoras ante el despido.
Y es que, por parte del CEDS quedó establecido que los límites fijados por la ley española no son lo suficientemente altos para reparar el daño sufrido por la víctima en todos los casos.
El límite máximo de la indemnización por despido improcedente
En España, el máximo de la indemnización por despido improcedente no puede exceder de los 33 días de salario por año de servicio, con un máximo de 24 mensualidades. Cuando el despido es por causas objetivas o colectivo por causas económicas, organizativas, productivas o técnicas, el tope no puede superar los 20 años de sueldo por año trabajado, con límite de 12 mensualidades.
El Gobierno explicó al CEDS que uno de los objetivos de poner estas limitaciones en la ley era el de dar más seguridad jurídica a ambas partes (empresa y trabajador) pero el organismo europeo estableció que “no puede excluirse que la indemnización predeterminada pueda servir más bien como un incentivo para que el empleador despida a los trabajadores de manera injusta”.
“Es posible que no se tenga debidamente en cuenta el prejuicio real sufrido por el trabajador afectado en relación con las características específicas del caso entre otras cosas porque la posibilidad de una indemnización es muy limitada”, destacaba el CEDS.
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