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La Seguridad Social confirma que suspenderá el Ingreso Mínimo Vital a todos los beneficiarios que no presenten la declaración de la renta, si lo incumplen dos veces

Si no presentas la Renta dos años seguidos, la Seguridad Social te suspenderá la ayuda temporalmente. Es un trámite obligatorio para no perder tu prestación por un despiste.

Oficina de la Tesorería General de la Seguridad Social
La Seguridad Social confirma que suspenderá el Ingreso Mínimo Vital a todos los beneficiarios que no presenten la declaración de la renta, si lo incumplen dos veces |Europa Press
Fátima Pazó
Fecha de actualización:
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Si eres beneficiario del Ingreso Mínimo Vital (IVM) marca estas fechas en rojo. La campaña de la Renta 2025 arranca el 8 de abril de 2026 y termina el 30 de junio. No lo dejes para el último día, ya que si te sale a ingresar y quieres domiciliar el pago, el plazo acaba el 25 de junio. 

Recuerda que a partir del 6 de mayo puedes pedir cita previa para que te ayuden por teléfono o en oficinas desde el 1 de junio. Y es que la Seguridad Social advierte que si cobras el IMV y te saltas este trámite, tu ayuda se suspenderá de forma inmediata.

¿Quiénes están obligados este 2026?

Durante este año se debe presentar la declaración si tuviste un solo pagador y ganaste más de 22.000 euros o si tuviste varios y superaste los 15.876 euros, siempre que el segundo pagador te haya ingresado más de 1.500 euros. Sin embargo, los autónomos no tienen escapatoria: deben presentarla siempre, aunque hayan tenido pérdidas. 

También tienen que pasar por caja quienes tengan rentas de alquiler o subvenciones de más de 1.000 euros. Pero ojo, si se cobra el IMV, se está obligado a declarar sí o sí, sin importar que los ingresos sean mínimos. 

El IMV no paga impuestos, pero se declara

Puede que los datos asusten, pero presentar la Renta no significa que siempre tengas que pagar. El IMV está exento de tributar hasta los 12.600 euros anuales. El objetivo de Hacienda no es recaudar, sino cruzar datos para comprobar que se siguen cumpliendo los requisitos de renta y ajustar la prestación. 

Y es que en este 2026, la cuantía base para una persona sola es de  733,60 euros al mes. Para que todo esté en regla, deben figurar en la declaración todos los miembros de la unidad de convivencia, ya sea de forma individual o conjunta. 

Claves para no tener problemas

Aunque existen varias formas de hacer el trámite, optar por internet es lo más sencillo: solo es necesario usar la Cl@ve Móvil, el certificado digital o el número de referencia con la casilla 505 del año anterior. Una vez dentro de Renta WEB, habrá que revisar con lupa tus datos: número de hijos, domicilio y cuentas bancarias. 

No hay que limitarse a ‘aceptar el borrador’, sino que habrá que echar un ojo a las deducciones automáticas por alquiler, gastos escolares o nacimiento de hijos, ya que podrías llevarte una alegría. Si se tiene dudas, Hacienda recomienda usar el simulador Renta Web Open para ver el resultado sin compromiso antes de enviar nada. 

Cuidado con los años 'en blanco’

Pero, ¿qué pasa si te olvidas de declarar? De acuerdo a la Seguridad Social, se cortará el grifo del IMV temporalmente. Sin embargo, lo peor viene si se encandenan dos años seguidos sin declarar. Tal y como detalla el artículo 17 de la Ley 19/2021 (disponible en el BOE), perderás el derecho a la ayuda definitivamente y tendrás que solicitarla de nuevo desde cero, con todo el papeleo que eso conlleva. 

La buena noticia es que, si es la primer vez, la suspensión es reversible; es decir, en cuanto presentes la declaración pertinente, recuperarás la ayuda. Eso sí, podrías enfrentarte a tener que devolver dinero si Hacienda detecta que cobraste de más.