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Una empleada de hogar logra una pensión de incapacidad permanente total por sus dolores lumbares después de que la Seguridad Social se la denegara varias veces

Sus lesiones le impiden realizar tareas básicas como hacer camas o fregar, ya que no puede realizar esfuerzos ni mantener posturas prolongadas con la espalda.

Una empleada de hogar cuidando de una persona mayor
Una empleada de hogar cuidando de una persona mayor |Europa Press
Francisco Miralles
Fecha de actualización:

El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha reconocido a una empleada de hogar el derecho a una pensión de incapacidad permanente total de 187,61 euros al mes por las patologías lumbares que la inhabilitan para hacer camas, fregar suelos o cargar cubos. La sala ha confirmado el fallo del Juzgado de lo Social número 4 de Santander. Y ha dejado sin efecto las tres negativas previas del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), la primera de ellas tan antigua como julio de 2019.

El cuadro clínico de la trabajadora era completo, pues sufre desplazamiento de disco intervertebral, hernia discal y radiculopatía L5-S1 bilateral. En febrero de 2024 pasó por quirófano para someterse a una laminectomía L4-L5 con artrodesis transpedicular. La intervención no salió bien. Los médicos le diagnosticaron después un retardo de consolidación, también llamado pseudoartrosis, con dolor lumbar crónico y flexión muy limitada.

Tres negativas del INSS en seis años

La primera denegación llegó en julio de 2019. Cuando la trabajadora volvió a solicitar la prestación tras la operación, la Seguridad Social rechazó de nuevo su petición en una resolución del 23 de mayo de 2025. La entidad también desestimó la reclamación previa. Eso obligó a la empleada de hogar a acudir a los tribunales.

El Juzgado de lo Social número 4 de Santander estimó la demanda y declaró la incapacidad permanente total. El derecho económico se reconoció con efectos retroactivos al 23 de mayo de 2025, fecha de la última denegación administrativa.

El INSS no aceptó el fallo y recurrió en suplicación ante el TSJ de Cantabria. Sostuvo que la patología lumbar era de carácter «moderado» y solo afectaba a un segmento de la columna vertebral, por lo que no alcanzaba la gravedad exigida por la ley.

El TSJ no ha aceptado el argumento. Recuerda en su fallo que las tareas fundamentales de una empleada de hogar incluyen «hacer camas, fregar suelos, cargar con cubos y aspiradora, limpiar cristales». Todas ellas exigen flexión y extensión constante de la zona lumbar. Si los médicos prescriben evitar esfuerzos y posturas forzadas, la trabajadora está impedida para realizar su trabajo. La Sala ha desestimado el recurso y ha consolidado el derecho a la pensión.

La cuantía que reciben las empleadas de hogar

La cifra que cobrará la trabajadora, 187,61 euros al mes, llama la atención por su escasa cuantía. El motivo está en la base de cotización del Sistema Especial de Empleadas de Hogar, históricamente más baja que la del régimen general. La pensión equivale al 55 % de la base reguladora, el porcentaje que la Ley General de la Seguridad Social fija en su artículo 196.2 para este grado de incapacidad.

Esa cuantía puede mejorar con el tiempo. Cuando el pensionista cumple 55 años y no realiza otra actividad laboral, la prestación sube al 75 % de la base reguladora por aplicación del llamado complemento de mayores de 55. Es una vía para amortiguar la brecha que generan las bases bajas en sectores como el de los cuidados domésticos.

El acceso de las empleadas de hogar a la incapacidad permanente, además, es relativamente reciente. La equiparación con el régimen general llegó con el Real Decreto-Ley 16/2022, en vigor desde octubre de 2022. Antes de esa norma, este colectivo ni siquiera podía acceder a la prestación por accidente laboral.

Una doctrina coherente con otros tribunales

El criterio del TSJ de Cantabria coincide con la línea que han marcado otras salas de lo social ante dolencias lumbares crónicas. El Tribunal Superior de Justicia de Asturias ya aplicó un criterio similar a una dependienta autónoma de 55 años con síndrome de espalda fallida. La sala asturiana reconoció también una incapacidad permanente total, con una pensión vitalicia de 796,08 euros mensuales, al considerar que las lesiones lumbares eran «claramente incompatibles» con las exigencias físicas del puesto.

La sentencia del TSJ de Cantabria no es firme. Contra ella cabe interponer un recurso de casación para la unificación de doctrina ante el Tribunal Supremo. De momento, la trabajadora cobra la pensión con efectos económicos retroactivos desde el 23 de mayo de 2025.