Así te puedes jubilar de forma anticipada de los 61 años en 2024

Para acceder a la jubilación anticipada a los 61 años de edad, es necesario cumplir con unos requisitos de cotización. También existen otras formas de acceder cobrando el 100% de la pensión.

mujer pensativa por la jubilación
Cómo jubilarte a los 61 años en 2024 Envato
Francisco Miralles

La Seguridad Social permite que un trabajador pueda jubilarse de forma anticipada a los 61 años en lugar de los 65, la de edad ordinaria en España. En el caso de solicitar la pensión hasta cuatro años antes, el ciudadano debe cumplir con unos requisitos que, además, cambiarán en 2024.

Tanto las pensiones contributivas y no contributivas sufrirán grandes cambios a partir del 1 de enero de 2024 debido a la segunda parte de la reforma de las pensiones. También, se mejorarán la cuantía de las pensiones mínimas de jubilación hasta alcanzar estas el 60% de la renta media.

Además, crecerán las edades de jubilación de todas las modalidades para aquellos que no cuenten con un mínimo de cotizaciones. Esto afectará a aquellos que cuenten con altas cotizaciones y quieran jubilarse anticipadamente a los 61 años.

Jubilarse con 61 años

Jubilarse de manera anticipada a los 61 años solo será posible a través de la jubilación anticipada involuntaria. Esta modalidad es la que deriva de un cese no voluntario en el trabajo y que permite adelantos de hasta cuatro años respecto a la edad ordinaria de jubilación.

En 2024 la edad ordinaria estará fijada en los 65 años para aquellos que cuenten con 38 años cotizados. En el caso de no llegar a estas cotizaciones, la edad de retiro estará situada en los 66 años y seis meses.

Así, para poder jubilarse a los 61 años en 2024, será necesario tener al menos 38 años de cotización y que el cese provenga de un motivo ajeno a la voluntad de trabajador. Las siete causas que contempla la ley y que vienen reguladas en la web de la Seguridad Social son las siguientes:

  • Despido colectivo por causas económicas, organizativas, técnicas o de producción.
  • Despido por causas objetivas.
  • Una extinción de contrato por la existencia de una sentencia judicial dentro de un proceso incluido en la Ley Concursal.
  • Extinción de contrato por razones de fuerza mayor avaladas por la autoridad laboral.
  • Extinción de contrato voluntaria por parte del trabajador en casos de modificación sustancial de las condiciones laborales o incumplimientos graves y culpables del empresario.
  • Extinción de contrato por muerte, incapacidad o jubilación del empresario individual, así como por la extinción de la personalidad jurídica de la empresa.
  • Extinción de contrato por razones de violencia de género.

Además, es necesario tener cotizados al menos 33 años, de los cuales dos deben darse en los 15 años anteriores a la solicitud. Por otro lado, hay que llevar al menos seis meses inscrito como demandante de empleo.

Hay que tener en cuenta que este tipo de modalidad de jubilación conllevará recortes en la pensión. Tras aplicar el método de cálculo de pensión de jubilación de la Seguridad Social. Tras este, se aplicarán los siguientes recortes por adelantar la edad de retiro 4 años:

  • Para trabajadores con menos de 38 años y seis meses de cotización, los recortes en la pensión serán del 30%.
  • Para trabajadores con entre 38 años y seis meses y 41 años y seis meses de cotización un 28%.
  • Para trabajadores con entre 41 años y seis meses y 44 años y seis meses de cotización un 26%.
  • Para trabajadores con más de 44 años y seis meses de cotización un 24%.

Está es la forma de acceder a la jubilación a partir de los 61 años, pero no es la única.

 Otras formas de acceder a la jubilación anticipada a los 61 años y cobrando el 100% de la pensión

El personal incluido en las Clases Pasivas del Estado, tiene la opción de poder jubilarse con 60 años y obtener el 100% de la pensión. Para este caso es necesario cumplir unas determinadas condiciones bajo las que se rige este régimen.

Además, hay ciertos colectivos donde la Seguridad Social permite jubilaciones a partir de los 52 años. Algunos de estos son los trabajadores del Estatuto Minero, Trabajadores del Mar, policía locales, bomberos, artistas y profesionales taurinos entre otros.

Finalmente, los trabajadores con discapacidad podrán jubilarse se manera anticipada a partir de los 56 años. En el caso de contar con un grado de discapacidad igual o superior al 45%, podrán jubilarse anticipadamente a los 56 años, y si el grado es igual o superior al 65%, podrán acceder a la jubilación a los 52 años de edad.

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