![María Jesús Montero, ministra de Hacienda María Jesús Montero, ministra de Hacienda](https://noticiastrabajo.huffingtonpost.es/uploads/images/2024/03/pensionistas-no-devolucion-hacienda-1200-675.webp)
Malas noticias acaba de dar Hacienda a miles de contribuyentes pensionistas que se vieron afectados por un hecho muy grave entre el periodo de 1967 y 1978. El Tribunal Supremo emitió una sentencia en la primavera de 2023 donde se obligaba a la Agencia Tributaria a devolver todas las cotizaciones de IRPF indebidas que se produjeron en ese intervalo de tiempo. Sin embargo, hay ciertos pensionistas que se verán excluidos.
En el mejor de los casos, la administración pública tributaria llegará a abonar hasta 4.000 euros a todos los perjudicados por el tiempo que aún no ha prescrito. Incluso, las personas afectadas que tengan descendientes, tienen derecho a reclamar esa cuantía. Para agilizar el trámite, el pasado 20 de marzo se habilitó un sencillo formulario en la sede electrónica de la AEAT.
¿Dónde está el origen del problema? Pues que en esos 11 años, la administración estuvo haciendo una retención del 100% sobre las aportaciones de las mutualidades antiguas, como la Mutualidad Laboral de la Banca, cuando en realidad debería haber sido solo del 75%. Las cuantías de la devolución oscilan entre los 3.000 y los 4.000 euros, como el de este vecino de Collado Villalba que ya lo ha recibido.
¿Cuáles son los pensionistas de la Seguridad Social que tienen derecho a reclamar los cobros indebidos?
Como apuntan desde Hacienda a Noticias Trabajo, los pensionistas afectados tienen derecho a reclamar las cotizaciones para los últimos cuatro años, puesto que todos los anteriores han prescrito. Si se hace un cálculo aproximado esto corresponde con los beneficiarios de la pensión de jubilación con entre 75 y 80 años.
En principio, no es necesario adjuntar a la solicitud ninguna información extra a la solicitud más allá de un número de cuenta para recibir el ingreso y un teléfono por si el organismo público debiera ponerse en contacto con el afectado. Previamente, sí que este debe acreditarse mediante certificado digital, cl@ve pin o el número de referencia de la última Renta.
¿Quiénes son los pensionistas que no pueden solicitar el reembolso de cotizaciones indebidas?
Los pensionistas que se quedan fuera de recibir ese dinero que debe devolver Hacienda por los cobros indebidos en las mutualidades antiguas son los que cotizaron en el régimen de Clases Pasivas, aquellos que aportaron en mutualidades de autónomos, los beneficiarios de la pensión de viudedad y quienes disfrutan una pensión no contributiva del Imserso.
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