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El Gobierno aprueba la jubilación flexible que permite a los jubilados volver a trabajar y seguir cobrando la pensión

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto para ampliar esta modalidad de jubilación y mejora los incentivos para quienes vuelvan al mercado laboral.

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Elma Saiz durante su comparecencia en el Consejo de Ministros. |Europa Press
Berta F. Quintanilla
Fecha de actualización:

El Consejo de Ministros en su reunión del martes, ha aprobado el Real Decreto por el que se regula la jubilación flexible. Esto es, la que permite cobrar parte de la pensión mientras se está trabajando a jornada parcial. El objetivo es facilitar que las personas jubiladas puedan seguir activas sin dejar de cobrar su pensión de jubilación de modo que se potencie el envejecimiento activo y la permanencia en el mercado de trabajo.

El RD entrará en vigor tres meses después de que se publique en el BOE y la ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, ha defendido que la finalidad es que los trabajadores tengan “más y mejores opciones” a la hora de jubilarse o de seguir en activo. 

Una de las novedades más importantes es que la jubilación flexible no se limitará sólo al trabajo por cuenta ajena a tiempo parcial. Podrán acogerse a esta modalidad los autónomos.

La Seguridad Social pide un requisito a los trabajadores por cuenta propia y es que podrán acceder los que no hayan estado dados de alta en el RETA durante los tres años previos a la fecha de jubilación. En estos casos, se podrá cobrar hasta el 25% de la prestación mientras se desarrolla la actividad compatible.

No habrá que esperar un periodo mínimo desde la jubilación

Una de las novedades más importantes de las presentadas por Saiz es que no será necesario esperar un periodo mínimo desde la jubilación para pedir la jubilación flexible. Esto es, que el pensionista podrá solicitarla en cualquier momento una vez que se le haya reconocido el derecho a cobrar la pensión contributiva de jubilación.

Cambio de la jornada laboral compatible con la pensión

Cuando los jubilados quieran regresar al trabajo por cuenta ajena a tiempo parcial, se amplía la jornada permitida. Hasta este momento, el jubilado podía realizar una jornada entre el 25% y el 75% y con la nueva norma, la jornada compatible será de entre el 33% y el 80%, respecto a la de un trabajador a tiempo completo.

La pensión bajará de modo inverso a la reducción de jornada pero el Real Decreto cuenta con incentivos para mejorar el dinero que cobrará el beneficiario. Quienes trabajen con una jornada parcial de entre el 55% y el 80% verán aumentado el importe de su pensión en un 25%. Pero si la jornada es igual o superior al 33% pero menor al 55% el incremento será del 15% adicional.

Durante este periodo de jubilación flexible, el trabajador seguirá teniendo la condición de pensionista a efectos de la atención sanitaria y protección social. El RD contempla una mejora para los que se jubilaron anticipadamente de manera involuntaria. Cuando regresen a la jubilación plena tras pasar por la flexible podrán ver mejorada la pensión inicial tras recalcularse la base reguladora y el porcentaje aplicable según el periodo de cotización que se haya acreditado.

Quienes serán beneficiarios de la jubilación flexible

La nueva regulación se va a aplicar a todos los regímenes de la Seguridad Social con excepciones como son los funcionarios civiles del Estado, las Fuerzas Armadas y el personal al servicio de la Administración de Justicia. 

Sobre la jubilación demorada, el Gobierno destaca que las medidas que se están aplicando siguen ganando peso. Según los datos que ha hecho públicos el Ministerio de Seguridad Social, los trabajadores que deciden demorar la jubilación más allá de la edad ordinaria han pasado del 4,8% en 2021 al 10,9% en 2025. En lo que va de 2026 ya se superan el 12% de las altas con 15.600 jubilaciones demoradas más que en todo el año 2021.

Por otro lado, baja el número de jubilaciones anticipadas que pasan de superar el 43% en 2018 a colocarse en torno al 30% actual.