La Agencia Tributaria ya ha publicado el calendario de la campaña de la Renta 2023 - 2024, que comenzará el próximo miércoles 3 de abril, día en que se podrá presentar declaraciones a través de Internet. Debido a esto, muchos pensionistas jubilados se preguntan si están obligados a presentar la declaración de la Renta.
A partir del 3 de abril, los contribuyentes solo podrán presentar su borrador a través de internet. Para aquellos ciudadanos que deseen presentarla por teléfono, tendrán que esperar hasta el 7 de mayo y solicitar una cita previa. Los interesados en presentar el borrador de manera presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria tendrán de 3 de junio al 1 de julio para hacerlo en cualquier oficina de Hacienda.
Según regula el artículo 17 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), las pensiones contributivas, entre las que se encuentran las de jubilación, son consideradas como rendimientos del trabajo y, por tanto, están obligadas a presentar la declaración siempre que cumplan con los requisitos.
Los pensionistas que sí están obligados a presentar la Renta
Están obligados a presentar la declaración de la Renta 23-24 todos los pensionistas que perciban ingresos superiores 22.000 euros brutos al año, siempre que sea de un mismo pagador.
También deberán presentarla aquellos jubilados que hubiesen tenido dos pagadores y los ingresos superasen 15.000 euros anuales, siempre y cuándo a partir del segundo se superen los 1.500 euros anuales. Esto es una novedad con respecto al año pasado, ya que se ha incrementado el límite total en 1.000 euros.
En estos casos se encuentra, rescatar un plan de pensiones, recibir una pensión en España junto a otra pensión del extranjero o haber recibido una prestación o subsidio por desempleo durante el mismo ejercicio.
También se incluirá a aquellos que durante el ejercicio 2023 hubieran trabajado y cobrando una pensión. Por ejemplo, un trabajador hubiera estado trabajando durante 10 meses y hubiera percibido por ellos 14.000 euros y posteriormente cobra una pensión contributiva por jubilación durante el resto del año fiscal e ingresa 1.001 euros, estará obligado hacer el borrador de la Renta.
¿Y si se cobra una pensión no contributiva? Las pensiones no contributivas no están obligadas a presentar la declaración de la Renta, ya que esta es inferior al límite marcado por la ley. Ahora, sí que estarán obligados a presentar durante el primer trimestre del año (antes del 31 de marzo de 2024) una declaración de los ingresos o rentas, tal y como regula el artículo 372 del Real Decreto Legislativo 8/2015 y el artículo 16.2 del Real Decreto 357/1991.
Calendario fiscal para presentar la declaración de la Renta 23-24
El plazo para presentar la declaración de la Renta se abrirá el próximo miércoles, 3 de abril de 2024 y se cerrará el 1 de junio de 2024. Las personas obligadas deben presentarlo, ya que en caso de pasar el plazo, Hacienda podría imponer una multa o sanción. Estas son las fechas claves de la campaña de la renta de este año:
- Desde el 12 de marzo: Solicitud del número de referencia.
- Desde el 19 de marzo: Acceso a datos fiscales.
- Desde el 3 de abril hasta el 1 de julio: presentación por Internet de las declaraciones de Renta y Patrimonio.
- Desde el 7 de mayo hasta el 1 de julio: Presentación por teléfono de la declaración de Renta, previa solicitud de cita desde el 29 de abril hasta el 28 de junio.
- Desde el 3 de junio hasta el 1 de julio: Presentación en las oficinas de la Agencia Tributaria de la declaración de Renta (solicitud de cita desde el 29 de mayo hasta el 28 de junio).
- Hasta el 26 de junio: Declaración anual Renta y Patrimonio 2023 con resultado a ingresar con domiciliación en cuenta.
- Hasta el 1 de julio: Declaración anual Renta y Patrimonio 2023 con resultado a devolver, renuncia a la devolución, negativo y a ingresar sin domiciliación del primer plazo
- Hasta el 5 de noviembre: Fecha límite para abonar el segundo pago de la declaración anual de 2023.
Para pedir cita previa y ser atendido en cualquier oficina de la Agencia Tributaria, se puede hacer por teléfono llamando al 91 535 73 26 / 901 12 12 24 o 91 553 00 71 / 901 22 33 44 o pedir cita previa por internet.
Lo más leído
-
Un empleado que trabajó durante más de 40 años en la misma empresa es despedido unos días antes de jubilarse: "te usarán hasta que estés roto"
-
Uno de cada tres trabajadores opta por la jubilación anticipada a los 63 años cobrando una pensión de 1.775 euros
-
Adiós a jubilarse a los 65 años con 38 años cotizados: esta será la nueva edad para jubilarse a partir del 1 de enero de 2025
-
Hacienda devuelve 3.000 euros a los pensionistas que aparezcan en este listado
-
La Inspección de Trabajo puede multar con hasta 7.500 euros a las empresas que obliguen a sus trabajadores a echar más horas
-
Precio de la luz hoy, 6 de diciembre: cuándo es más barata y más cara