En pleno inicio de la campaña de la Renta 2023, los beneficiarios de ayudas y prestaciones del Gobierno de España tienen dudas de si deben quedar incluidas o no en la declaración del IRPF, como ocurre con el complemento a la infancia que se cobra junto al Ingreso Mínimo Vital (IMV). ¿Debe incluirse en el borrador de la declaración de la Renta 22/23? Es la gran pregunta que ha querido resolver la Seguridad Social.
Por regla general, Hacienda impone que todas las ayudas y prestaciones superiores a los 1.000 euros, percibidas en el ejercicio económico anterior, queden incluidas en la declaración de la Renta. Pero, ¿Qué ocurre con las destinadas al cuidado de los hijos menores de edad?
A través de su canal de atención a la ciudadanía en Twitter, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones informa que “el complemento de ayuda a la infancia forma parte del IMV, y tiene los mismos requisitos y obligaciones, salvo en lo que respecta a los ingresos para acceder a la prestación”. Esto último es así porque las familias que no son beneficiarias del IMV también pueden pedir la ayuda.
Por tanto, continúan explicando que “si lo recibes tienes que presentar la declaración de la Renta”. Los beneficiarios de esta prestación no contributiva están obligados a su presentación, ya que para mantener el derecho a la ayuda, la Agencia Tributaria comprueba las rentas a nivel familiar del año anterior con el fin de aumentar o disminuir la cuantía, o incluso retirarla.
🗨️El complemento de ayuda a la infancia forma parte del IMV, y tiene los mismos requisitos y obligaciones, salvo en lo que respecta a los ingresos para acceder a la prestación.
— Atención a la ciudadanía de @inclusiongob (@incluinfo) April 12, 2023
📌Por eso, si lo recibes, tienes que presentar la Declaración de la Renta.https://t.co/9PIVum7oaK pic.twitter.com/CQgUdNnWmq
¿Qué familias deben incluir el complemento a la infancia en la declaración de la Renta?
En primer lugar, deben incluir esa ayuda de crianza las familias beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital. También quienes reciban la antigua prestación por hijos a cargo y que pasaron al IMV (antigua ayuda de los puntos).
Al mismo tiempo, están obligados los beneficiados de la protección familiar con menores a cargo con discapacidad.
Para todos los anteriores, el máximo de ingresos es del 300% de las rentas que garantizan el Ingreso Mínimo Vital. En otras palabras, las familias con ingresos tres veces inferiores a las ayudas mínimas del IMV. En cuanto a patrimonio, no se puede superar el 150% de los topes máximo para dicha ayuda de la Seguridad Social.
Cuál es la cuantía del complemento a la infancia en 2023
Desde su implantación en el BOE, dentro de la Ley del Ingreso Mínimo Vital, el complemento a la infancia ha experimentado una subida, ya que está destinado a familias con rentas bajas y necesitan esa renta garantizada para afrontar su situación económica.
Así, con la revalorización del Ingreso Mínimo Vital, el complemento a la infancia presenta estas nuevas cuantías en 2023:
- 115 euros, para los menores de tres años.
- 80,50 euros, para los mayores de tres años pero menores de seis.
- 57,50 euros, para los mayores de seis años pero menores de 18 años.
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