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David Jiménez, abogado experto en herencias, sobre los testamentos: “en vida del testador, salvo que te faculte él por un poder o te lo quiera entregar, no vas a poder acceder al contenido”

El abogado explica si los hijos pueden saber antes del fallecimiento de sus padres si han cambiado el testamento.

David Jiménez, abogado experto en herencias
David Jiménez, abogado experto en herencias |Redes sociales David Jiménez
Lucía Rodríguez Ayala
Fecha de actualización:

Cuando se espera recibir una herencia, sospechar que la persona ha cambiado el testamento despierta ciertas suspicacias sobre los herederos, sobre todo en el caso de que los hijos sospechen que van a recibir menos de lo que esperaban. En  estos casos surge la duda de si pude conocerse el contenido del testamento mientras la persona sigue viva.

El abogado experto en herencias David Jiménez ha dejado claro a través de un video publicado en sus redes sociales que los hijos no pueden saber en vida de sus padres si han cambiado el testamento, salvo que el propio testador quiera decírselo, entregarles una copia o autorizarles mediante un poder especial. 

Y así lo establece el propio Reglamento Notarial en su articulo 226 (que se puede consultar en este BOE) y que determina que, en vida del otorgante, solo él mismo o una persona autorizada mediante poder especial puede obtener copia del testamento. Esta es precisamente la idea que resume Jiménez cuando advierte de que “en vida del testador, salvo que te faculte él por un poder o te lo quiera entregar, no vas a poder acceder al contenido”.

Cuándo se puede acceder al testamento 

El abogado recuerda que hay personas que sí pueden acceder al testamento, como “los herederos, los legatarios, los albacea”, pero matiza que esto se produce, con carácter general, una vez fallecida la persona. De hecho, para conocer cuál fue el último testamento otorgado normalmente hace falta el certificado de defunción y el certificado de últimas voluntades, algo que confirma la necesidad de que el testador haya fallecido.

Será tras el fallecimiento cuando los herederos y demás personas con derecho puedan pedir la documentación necesaria y acudir al notario correspondiente para conocer la última voluntad del causante. “Fallecida la persona, tendrás conocimiento de lo que hizo en ese testamento”, señala el abogado.

A partir de ese momento, los interesados podrán comprobar si realmente hubo un cambio, analizar el contenido del testamento y valorar si respeta sus derechos hereditarios. En caso contrario, como recuerda Jiménez, podrán “plantearte posibles impugnaciones o analizar exactamente qué es lo que hizo”.