
La nueva ley antitabaco sobre productos del tabaco calentado, impulsada por el Ministerio de Sanidad, empieza a ver las luces rojas, y no precisamente en los cigarrillos, sino por parte de media Europa, ante los desoídos de las recomendaciones de Bruselas.
El texto, aprobado como Real Decreto 47/2024, fue publicado en el Boletín Oficial del Estado ( se puede consultar en este BOE), el pasado 17 de enero y su objetivo es, el de regular los productos del tabaco calentado e incorporar las exigencias de la Directiva Delegada (UE) 2022/2100. Entre las medidas que quiere impulsar Sanidad, liderada Mónica García, se busca prohibir los aromas característicos en estos productos y restringe el uso de aromatizantes en componentes como filtros, papeles o cápsulas.
Seis países europeos piden la suspensión
El decreto ha sido sometido al procedimiento europeo TRIS, donde seis países miembros —Suecia, Italia, Grecia, Hungría, República Checa y Rumanía— han registrado objeciones formales. Estos Estados han advertido que las medidas españolas podrían vulnerar la normativa de la Unión Europea y afectar a la libre circulación de productos, es decir, que se trata de una norma que no se ajusta a los principios del marco comunitario.
“Ahora, Sanidad debe leer y considerar seriamente todos los comentarios de Bruselas sobre competencia y sobre que el texto se aleja considerablemente de lo que establece la normativa europea”, ha afirmado la Unión de Promotores y Empresarios del Vapeo (UPEV). Por su parte, la patronal ha recordado que, por este motivo, el proceso legislativo queda suspendido durante tres meses, a la espera de que se valoren las objeciones planteadas.
Desde la UPEV lanzan una advertencia clara: “Si Sanidad no corrige el texto en función de los comentarios de la CE y de los Estados miembros, se enfrentará previsiblemente a recursos ante el Tribunal de Justicia de la UE por romper la unidad del mercado único”.
Cambios en los productos de vapeo y críticas internas
Uno de los puntos más calientes del real decreto es la limitación impuesta a otros productos, como las bolsas de nicotina. La norma establece un contenido máximo de 0,99 miligramos por unidad, una cifra más baja a la que actualmente se comercializa en la mayoría de países europeos. Según Suecia, esta limitación impediría la venta en España de productos que ya están autorizados y disponibles en el resto del mercado comunitario, lo que supondría una barrera a la libre circulación de mercancías dentro de la UE.
Además, el decreto prohíbe el uso de sabores distintos al del tabaco en cigarrillos electrónicos y en productos a base de hierbas calentadas, lo que ha generado críticas dentro de España. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), en un informe emitido el pasado 10 de abril, advirtió que estas restricciones carecen de base empírica sólida y podrían tener consecuencias negativas en la competitividad del sector. Según este organismo, sería necesario aportar más datos que justifiquen la eficacia de estas medidas en la reducción del tabaquismo antes de aplicarlas.
El sector defiende su papel en la lucha contra el tabaco
La UPEV ha querido desmarcarse de la imagen negativa en torno al vapeo: “el sector del vapeo español no fabrica, comercializa ni defiende la existencia de vapers atractivos para los menores”, han asegurado. Según explican, sus productos están orientados a personas adultas que quieren dejar de fumar, y abogan por restringir la venta a tiendas especializadas para impedir el acceso de los menores.
Además, han respaldado la decisión del Reino Unido de prohibir los vapers desechables, argumentando que “el vaper desechable ha convertido una herramienta para dejar de fumar en un tema lúdico”. Su lema, afirman, es claro: “Si no fumas, no vapees”.