Cómo cotiza el subsidio para mayores de 52 años para la pensión de jubilación

Dentro de los subsidios por desempleo del Servicio Público de Empleo Estatal este es el único que cotiza para la pensión de jubilación pero con limitaciones.

Hombre consulta la cotización del subsidio para mayores de 52 años
Hombre consulta la cotización del subsidio para mayores de 52 años
Francisco Miralles

El subsidio para mayores de 52 años es una prestación por desempleo del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) del gobierno de España que se cobra de manera indefinida hasta llegar a la edad de jubilación. Además, es la única que cotiza para la pensión de jubilación por lo que mientas se está cobrando se seguirá cotizando para la jubilación.

Antes de la reforma de este subsidio, (para mayores de 55 años) el Ministerio de Trabajo y Economía Social (MITES) estableció como cotizaciones el 100% de la base mínima. El 12 de marzo de 2019, el gobierno de España modifico este subsidio para que pudieran acceder a el los mayores de 52 años y cotizará el 125% de la base mínima de cotización. Esto viene regulado en el artículo 280 Del Real Decreto 8/2019 de 30 de octubre.

El Subsidio para mayores de 52 años cotiza pero con limitaciones

Cómo se ha comentado el RD 8/1019 es el que regula las cotizaciones mientras los desempleados mayores de 52 años perciban este subsidio. Aunque cotice este tiene sus limitaciones, siendo estas:

  • Mientras se cobre la ayuda se cotizará por las contingencias de jubilación y no por otras contingencias. Esto significa que cotizará para la pensión de jubilación, pero no cotizará para las cotizaciones por desempleo o subsidios aunque, esta prestación se cobre de manera indefinida.
  • Las cotizaciones aportadas mientras se cobre el subsidio no serán válidas para acreditar el periodo mínimo de cotización, que es exigido para poder acceder a la pensión contributiva de jubilación.
  • Tampoco cotiza para el resto de contingencias comunes, profesionales, formación profesional ni para el fondo de garantía salarial.
  • La base de cotización será del 125% de la base mínima. Esta cantidad se sitúa en 2021 en los 944,40 euros mensuales (según lo establecido en la web de la Seguridad Social). Esta cantidad será igual para todos los desempleados que perciban este subsidio.
  • Otro punto es que, mientras se perciba este subsidio el desempleado no estará en obligación de solicitar la jubilación anticipada. Anteriormente al llegar a la edad de los 61 años, el SEPE obligaba a los trabajadores a pedir este tipo de pensión siempre que cumplieran los requisitos para solicitar la pensión contributiva de jubilación.

Cómo no perder el subsidio para mayores de 52 años

La prestación para mayores de 52 años se cobra de manera indefinida, pero siempre y cuándo se sigan reuniendo los requisitos y cumpliendo con las obligaciones exigidas por el Ministerio de Trabajo y Economía Social. Para ello, el Servicio Público de Empleo exige que, de forma anual se presente la declaración anual de rentas.

Además, mientras se perciba la ayuda no se podrá superar los ingresos mensuales al 75% del Salario Mínimo Interprofesional, que para 2021 se sitúa en los 723,75 euros.

Mientras se reúnan estas condiciones, el desempleado podrá beneficiarse del subsidio por desempleo para mayores de 52 años cuya cuantía para 2021 se sitúa en los 451, 92 euros al mes. Esta cantidad corresponde 80% del indicador público de rentas de efectos múltiples (IPREM). Para 2022 subirá hasta situarse en los 463,2 euros al mes.

Lo más leído

Archivado en: