Ser emprendedor no es un camino fácil. Requiere de una serie de esfuerzos, sobre todo al inicio de la actividad. Como muchos de ellos deciden iniciarla al quedar desempleados y tienen pocos recursos económicos, dudan sobre si pueden cobrar una ayuda que complemente su sueldo como trabajador autónomo. La Seguridad Social les permite cobrar una prestación no contributiva, si no llegan a final de mes, a modo de renta garantizada. Eso sí, tienen que cumplir con unos requisitos.
Esa ayuda consiste en el Ingreso Mínimo Vital y, a pesar de lo que se pueda pensar, no solo está destinada a asalariados o desempleados. También las personas trabajadoras que cotizan en el Régimen General de Trabajadores Autónomos (RETA) pueden solicitarla en 2023. Según los últimos datos ofrecidos por el Ministerio de la Seguridad Social del pasado julio, ya son 1,9 millones las personas beneficiadas con esta prestación.
Antes de conocer sus condiciones, hay que tener en cuenta que no es una cuantía fija que abona la administración a las personas o familias en riesgo de exclusión social o vulnerabilidad económica. El importe viene determinado por la situación laboral del solicitante. Si está desempleada, es posible cobrarla al 100% mientras que si se está en activo, como los trabajadores por cuenta propia, el importe es la parte diferencial entre el salario y el límite fijado por el Gobierno.
Requisitos a cumplir por los autónomos para cobrar el Ingreso Mínimo Vital
Los requisitos para cobrar el Ingreso Mínimo Vital están recogidos en la plataforma web del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, así como en el artículo 7 del RDL 20/2020. Corresponden con los siguientes:
Presentar una edad entre los 23 y los 65 años. Es cierto que los menores de 18 años también pueden pero cuando tengan, al menos, un menor a su cargo. Residir legalmente en España durante al menos un año antes de la solicitud y estar exentos de esta condición las víctimas de violencia de género, de explotación sexual y de trata de seres humanos.
Demostrar una situación de vulnerabilidad económica. La administración cruza datos con la Agencia Tributaria para comprobar que no se superan los límites de renta ni de patrimonio en el año anterior. Los límite varía entre los 16.917,60 euros anuales para una sola persona y los 43.985,76 euros al año para una familia de cuatro adultos y un menor.
Aquellos que vivan solos debe acreditar esa condición durante al menos los tres años anteriores a la solicitud. Finalizar las prestaciones o pensiones a las que tuvieran derecho los autónomos (aquí no entraría no el paro ni los subsidios por desempleo, porque no cotizan para ello).
Por último, tienen que estar inscritos como demandantes de empleo. La solicitud del IMV puede presentarse sin acreditar esa condición, aunque el alta debe hacerse en el plazo máximo de seis meses.
Cabe mencionar que el derecho a cobrar la ayuda se perderá en el momento en el que el autónomo comience a facturar más dinero y sus rentas sean superiores a los límites establecidos. Eso sí, también hay bonificaciones cuando contraten personas desempleadas.
Cuánto se cobra por el Ingreso Mínimo Vital en 2023
En el presente año, la cuantía del IMV “mantiene la subida del 15% durante todo el 2023”, como comunicó la administración competente. Además, las familias monoparentales y las unidades que cuenten con un miembro con una discapacidad igual o superior al 65% contarán con incremento extra del 20%.
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