Cómo conservar el Ingreso Mínimo Vital y no perder la ayuda mientras se trabaja

La Seguridad Social explica cómo se puede mantener esta ayuda cuando se tienen ingresos por estar trabajando. Así se le garantiza una renta mínima al mes.

Ingreso Mínimo Vital Seguridad Social
Isabel Gómez

Según las declaraciones del ministro de la Seguridad Social, José Luis Escrivá, la prestación no contributiva del Ingreso Mínimo Vital ya a beneficiado a más de medio millón de familias en España. A pesar de ello, todavía hay muchos posible beneficiarios que pueden cobrarlo, aunque no saben cómo mantener la ayuda si están trabajando. Y es que para poder percibirla, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), recoge entre sus requisitos que no se supere un máximo de renta, como se verá más adelante.

El objetivo principal del Gobierno es cubrir un mínimo de ingresos y que los posibles beneficiarios queden amparados bajo un umbral económico que les permitan tener una vida digna. Tal es así que, según fuentes del ministerio competente, se pretende que esta ayuda de protección a más de 2,5 millones de personas que se estima que tienen derecho a cobrarlo.

Las últimas decisiones de la Seguridad Social han ido a cerca de reforzar esta ayuda. Así se pudo comprobar en el penúltimo consejo de ministros del pasado julio cuando se aprobó un real decreto ley para impulsar el sello social y los incentivos al empleo. Pero esto no es todo. Escrivá aseguró que iba a poner en marcha un proyecto para que funcionarios acudieran a comedores sociales y a organizaciones no gubernamentales en busca de nuevos beneficiarios.

¿Cómo se puede mantener el Ingreso Mínimo Vital mientras se trabaja?

Hay que destacar que el IMV se puede cobrar tanto a título individual como dentro de una unidad de convivencia. Y más que una prestación es mejor hablar de una renta garantizada a todos los ciudadanos y a sus familiares. Este es el principal motivo por el que se tiene en cuenta el nivel de ingresos con el fin de ver si se puede ser beneficiario o no.

Para asegurarla hay que tener en cuenta estas palabras que se recogen desde la plataforma web del INSS: “la cuantía de la prestación corresponde con la diferencia entre la renta garantizada y el conjunto de rentas e ingresos de las personas, siempre que la cuantía resultante sea igual o superior a 10 euros mensuales." Es por ello que se permite compatibilizar su cobro junto a trabajos a tiempo completo o parcial o con prestaciones por desempeño, por ejemplo.

Además, para mantener el cobro junto con el salario de un trabajo, la Seguridad Social tiene la obligación de considerar los ingresos mensuales que proporcional ese empleo y restarles la renta garantizada (ese límite establecido cada año) que se contempla para la unidad de convivencia donde resida el trabajador. No sobrepasarse en esas rentas es la clave para no perder el Ingreso Mínimo Vital.

¿Esto qué quiere decir? Que en función del límite de ingresos que tenga establecido el INSS por el tipo de unidad de convivencia, se le van a restar los ingresos que tenga el trabajador al mes y la diferencia será la cuantía que se ingrese de IMV para el beneficiario.

¿Cuáles son las cuantías de IMV en este 2022?

Se debe tener en cuenta que hasta el 31 de diciembre de 2022 se aplica el incremento del 15% en las cuantías del IMV aprobadas como parte de las ayudas ante la inflación y la guerra de Ucrania. Esto deja dicha renta garantizada en las siguientes cuantías:

  • Un adulto: 565,28 euros mensuales.
  • Un adulto y un menor: 859,33 euros al mes.
  • Un adulto y dos menores: 1.028,87 euros al mes.
  • Un adulto y tres o más menores: 1.198,56 euros al mes.
  • Dos adultos: 734,97 euros al mes.
  • Dos adultos y un menor: 904,51 euros al mes.
  • Dos adultos y dos menores: 1.074,20 euros al mes.
  • Dos adultos y tres o más menores: 1.243,74 euros al mes.
  • Tres adultos: 904,51 euros al mes.
  • Tres adultos y un menor: 1.074,20 euros al mes.
  • Tres adultos y dos o más menores: 1.243,74 euros al mes.
  • Cuatro adultos: 1.074,20 euros al mes.
  • Cuatro adultos y un menor: 1.243,74 euros al mes.
  • Resto de unidades de convivencia: 1.243,74 euros al mes.

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