Dar el visto bueno a vehículos con defectos graves o registrar niveles de contaminación irreales de ‘opacidad cero’ le ha costado el despido a un inspector de ITV. Así lo ha dictaminado el Tribunal Superior de Justicia de Murcia, que ha declarado procedente su despido disciplinario por manipular de forma sistemática y fraudulenta las revisiones para emitir resultados favorables en vehículos con evidentes deficiencias.
La empresa descubrió que este no solo suplantaba identidades y omitía pruebas obligatorias, sino que además fue captado por las cámaras de seguridad intercambiando y repartiéndose importantes cantidades de dinero en efectivo con otros compañeros, dentro de las propias instalaciones y durante su jornada laboral.
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El empleado en cuestión llevaba trabajando para la compañía desde julio de 2019 como inspector ITV y era el representante legal de los trabajadores. En julio de 2024, le comunicaron su despido disciplinario por fraude, deslealtad, abuso de confianza y disminución voluntaria del rendimiento.
Despido disciplinario e investigación de la Guardia Civil
Para justificar el despido, la empresa, en primer lugar, alegó que las cámaras le habían captado en varias fechas (febrero, mayo y junio de 2024) en las dependencias de la empresa, sacando importantes cantidades de dinero en metálico y repartiéndolo con otros compañeros.
También detectaron múltiples irregularidades en sus revisiones. Por ejemplo, aprobaba vehículos como “favorables” haciendo inspecciones incompletas, suplantando la identidad de los clientes reales, tomando fotografías desde ángulos específicos para ocultar defectos (como láminas ilegales en los cristales) y realizando mediciones de gases incorrectas u omitiendo pruebas en vehículos con varias salidas de escape.
A raíz de estos hechos, la Guardia Civil instruyó diligencias y le investigó junto a otros implicados por delitos de falsedad documental, delitos contra la seguridad vial, pertenencia a grupo criminal y corrupción.
El despido llega a los tribunales
El inspector, no conforme con el despido, acudió a la justicia. En un principio, el Juzgado de lo Social número 9 de Murcia falló a su favor, declarando el despido como improcedente porque, aunque los hechos estaban probados, la empresa no había aportado el Manual de procedimiento de inspección de las ITV para demostrar que sus actuaciones infringían la normativa.
En consecuencia, obligó a la compañía a readmitirlo o pagarle una indemnización de 9.821,76 euros, según lo que eligiera el trabajador. En este punto, fue la empresa quien recurrió y presentó un recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Murcia, argumentando que las deficiencias en las inspecciones suponían un claro incumplimiento del Manual de Inspección y del Convenio Colectivo.
El TSJ de Murcia sí declara el despido procedente
Al contrario que en instancia, el Tribunal Superior de Justicia de Murcia sí se puso de lado de la empresa. Este destacó que los servicios de ITV garantizan la seguridad vial y medioambiental, por lo que las omisiones en las revisiones pueden ocasionar graves riesgos para las personas.
Partiendo de esta base, quedó demostrado que el inspector cometió múltiples incumplimientos graves, como otorgar valores de “opacidad 0” en emisiones a vehículos de gasoil con casi 20 años y 250.000 kilómetros, no anotar reformas de los coches, o no registrar el mal estado de los números de bastidor.
El tribunal concluyó que la cantidad y entidad de los incumplimientos, sumado al manejo injustificado de grandes cantidades de dinero en el lugar de trabajo, justificaban plenamente la pérdida de confianza por parte de la empresa. Por ello, estimó el recurso de la empresa y declaró el despido disciplinario procedente.
Contra esta sentencia (STSJ MU 645/2026) cabía interponer un recurso de casación para la unificación de doctrina ante el Tribunal Supremo.