La Seguridad Social niega la incapacidad permanente a la dueña de un bar que necesita pañales y tiene una prótesis porque considera que “puede realizar tareas de gestión”

La artrosis de rodilla y los problemas de incontinencia, le impidía el poder ponerse de pie o caminar de forma continuada.

Dos camareras trabajando en un bar |Envato AI
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El Tribunal Superior de Justicia de Murcia ha reconocido la incapacidad permanente total a una mujer la cual padece artrosis grave en las rodillas y problemas intestinales, después de que la Seguridad Social se la denegara al considerar que podía seguir trabajando realizando tareas más livianas.

La sentencia (disponible en este enlace del Poder Judicial) señala que la mujer, nacida en 1962, trabajaba como autónoma en la cafetería-bar de su familia, donde trabajaba principalmente como cocinera. En 2021 empezó a padecer fuertes dolores por artrosis en las rodillas (gonartrosis), lo que la llevó a someterse a una intervención quirúrgica para colocarle una “prótesis total de rodilla derecha”. A estas dolencias se les sumaban otros problemas de salud derivados de una intervención digestiva previa, por los que sufría episodios de incontinencia y refería “no poder retener heces”.

Tras agotar el tiempo máximo de baja médica, solicitó la incapacidad permanente a la Seguridad Social, siendo esta denegada tras el informe del Equipo de Valoración de Incapacidades. La resolución señalaba que las dolencias que presentaba la mujer no eran lo suficientemente graves como para reconocerle el grado más bajo de la incapacidad permanente.

Tenía que llevar pañales

No conforme, la mujer acudió a los tribunales, donde el Juzgado de lo Social número 9 de Murcia desestimó su recurso. Este juzgado argumentó que, debido a su condición de dueña del negocio, la trabajadora “no puede considerarse limitada para el desempeño de todas o las fundamentales tareas” de su profesión, insinuando que podía dedicarse a tareas de gestión y organización aunque físicamente no pudiera trabajar en la cocina.

La trabajadora decidió recurrir la sentencia, y el Tribunal Superior de Justicia está vez sí, falló a su favor. La Sala deja claro que la profesión por la que debe ser evaluada es la de cocinera y camarera, y recuerdan que, según los propios informes médicos, la mujer está “limitada para sobrecarga de rodilla derecha, deambulación mantenida, bipedestación prolongada, subir o bajar escaleras”.

Además, señalan que el estado físico que presentaba era totalmente incompatible con su puesto de trabajo en la cocina, el cual “exige continuas bipedestaciones y deambulaciones”.

Así, el tribunal le reconoce la incapacidad permanente total para su profesión habitual, siendo esta la de cocinera, por lo que tendrá derecho a una pensión equivalente al 55% de su base reguladora fijada en los 674,22 euros mensuales. Además, tendrá derecho a cobrar los atrasos no percibidos desde que presentó la solicitud, siendo esta el 9 de enero de 2023.

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