La Seguridad Social niega la incapacidad permanente a la cajera de un supermercado con sordera total: la Justicia dice que puede trabajar con audífonos

El tribunal ha concluido que no existe una bajada de su rendimiento a pesar de que cuenta con una discapacidad reconocida del 41%.

Una mujer toca un audífono en su oreja |Envato
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El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJ) ha avalado la negativa del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) a reconocer una incapacidad permanente parcial a una cajera de supermercado que tiene sordera total. La Justicia entiende que, a pesar de la gravedad de su dolencia, puede desarrollar sus funciones con normalidad gracias al uso de audífonos. 

La sentencia fue dictada en febrero y responde al recurso de la afectada, ratificando el fallo previo del Juzgado de lo Social número 7 de Barcelona. La trabajadora afectada, de 50 años (nació en 1976), era cajera de un supermercado y solicitó en el mes de febrero de 2022 que se le reconociera una incapacidad permanente en grado parcial. 

Esta prestación exige, según se puede consultar en la web de la Seguridad Social, que se acredite una disminución de al menos el 33% en el rendimiento laboral sin impedir que se desarrolle la actividad habitual.

Una sordera con empeoramiento progresivo desde 2017

Los informes médicos presentados por la trabajadora apuntan a que padece una hipoacusia neurosensorial bilateral severa, de larga evolución y que ha empeorado desde el año 2017. Esto le provoca una pérdida de audición del 100% y desde diciembre de 2021 usa audífonos en los dos oídos.

Según la sentencia, los magistrados consideraron que gracias a estos aparatos, podía mantener conversaciones sin problema, y de este modo se comunica en su entorno laboral aunque tenga limitaciones específicas como, por ejemplo, leer los labios a alguien que lleva una mascarilla.

Las funciones que desarrolla en su puesto, de cobro de productos, atención al cliente, manejo de caja o registro de operaciones, son de una exigencia auditiva “media baja” esto es, un “nivel 2 sobre 4” por lo que es compatible con mantener conversaciones en voz normal. 

Sobre los requerimientos físicos de su puesto de trabajo, la sentencia 1041/2026 apunta a que son esfuerzos moderados y tareas rutinarias que “no se ven sustancialmente afectadas por la patología de la trabajadora”. 

El reconocimiento de la incapacidad permanente depende de su impacto en el trabajo

El TSJC insiste en que el reconocimiento de la incapacidad permanente no depende sólo del diagnóstico médico sino del impacto que tenga en el trabajo. En este caso, se ha concluido que las limitaciones no son suficientemente graves y que no reducen de forma significativa el rendimiento, así como no dificultan las tareas esenciales del puesto.

Por eso, no se alcanza el umbral del 33% que pide la ley para conceder la incapacidad permanente parcial. La trabajadora alegó que tiene reconocido un grado de discapacidad del 41%, un argumento que descartaron los magistrados.

La sentencia señala que la discapacidad administrativa no implica automáticamente la incapacidad laboral ya que esta última exige valorar el desempeño profesional.

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