Hacienda aclara en qué casos no se pueden pagar más de 1.000 euros en efectivo

La Agencia Tributaria establece que no pueden pagarse en efectivo operaciones de importe igual o superior a 1.000 euros cuando alguna de las partes actúa como empresario o profesional.

El ministro de economía, Arcadi España |Europa Press
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Aunque cada vez se usan más medios de pago electrónicos como la tarjeta, Bizum o las transferencias, el dinero en efectivo sigue utilizándose en muchas operaciones del día a día. Sin embargo, hay un límite que conviene tener en cuenta, ya que no todos los pagos pueden hacerse con billetes y monedas, y sobrepasarlo es motivo de sanción.

La Agencia Tributaria explica a través de su web que no pueden pagarse en efectivo las operaciones de importe igual o superior a 1.000 euros cuando alguna de las partes actúa como empresario o profesional. Es decir, este límite se aplica, por ejemplo, a pagos en comercios, servicios de autónomos, reformas o compras realizadas a una empresa.

Dicha limitación viene recogida  en el artículo 7 de la Ley 7/2012, de 29 de octubre, de modificación de la normativa tributaria y presupuestaria y de adecuación de la normativa financiera para la intensificación de las actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude (que puede consultarse en este BOE).

Cuándo se aplica el límite de 1.000 euros

El límite se aplica cuando el importe total de la operación es igual o superior a 1.000 euros y alguna de las partes actúa como empresario o profesional. Además, Hacienda aclara que, para calcular este importe, se suman todos los pagos en los que se haya podido fraccionar una misma entrega de bienes o prestación de servicios.

Por tanto, no sirve dividir una factura de 1.200 euros en varios pagos en efectivo para evitar el límite. Si se trata de una misma operación y su importe total alcanza o supera los 1.000 euros, no podrá pagarse en efectivo cuando intervenga una empresa o un profesional.

La Agencia Tributaria también señala que este límite sube a 10.000 euros cuando quien paga es una persona física que justifica que no tiene domicilio fiscal en España y no actúa como empresario o profesional.

Qué se considera dinero en efectivo

A efectos de esta limitación, no solo se considera efectivo el papel moneda y la moneda metálica, Hacienda también incluye en estos casos los cheques bancarios al portador y cualquier otro medio físico, incluidos los electrónicos, concebido para ser utilizado como medio de pago al portador.

Además, quienes participen en operaciones que no puedan pagarse en efectivo deben conservar los justificantes del pago durante cinco años desde la fecha de la operación, para poder acreditar ante Hacienda que se pagó por un medio distinto al efectivo.

Cuál es la multa por pagar más de 1.000 euros en efectivo

Incumplir este límite es motivos de sanción, y es que supone una infracción grave según el artículo 7 de la Ley 7/2012, que establece que pueden ser sancionados tanto quien paga como quien recibe el dinero, ya que ambos responden de forma solidaria.

La sanción consiste en una multa proporcional del 25% de la cantidad pagada en efectivo. Además, Hacienda explica que no será responsable de la infracción la parte que denuncie la operación ante la Agencia Tributaria dentro de los tres meses siguientes al pago, siempre que identifique a la otra parte y el importe abonado.

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