Las pagas extraordinarias todavía siguen generando muchas dudas entre los trabajadores. Aunque forman parte del salario anual, todavía es habitual pensar que son un ingreso adicional que la empresa entrega como premio o que, si se cobran prorrateadas, se pierde dinero. Beatriz Caballero, International HR and Payroll Advisor de Payfi, explica a NoticiasTrabajo que estas ideas se mantienen “porque la normativa laboral y las nóminas no siempre son fáciles de interpretar”.
“Uno de los mitos más habituales es pensar que las pagas extraordinarias son un dinero extra que la empresa concede de forma adicional al salario, cuando en realidad forman parte de la retribución anual del trabajador”, señala.
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Por tanto, las pagas extra no se suman al sueldo anual pactado, sino que ya están incluidas en él. Lo único que cambia es el momento en el que se abonan: pueden cobrarse en determinados meses o repartirse entre las doce nóminas del año.
No todos los trabajadores cobran las pagas extra de la misma manera
Otro de los errores más frecuentes es pensar que todos los empleados reciben siempre dos pagas extraordinarias, normalmente en verano y Navidad. Caballero explica que el Estatuto de los Trabajadores reconoce, como mínimo, dos gratificaciones extraordinarias al año, pero la forma de abonarlas puede variar según el convenio colectivo aplicable.
“Muchos convenios permiten que esas pagas se prorrateen en las doce mensualidades, mientras que otros lo prohíben expresamente y obligan a pagarlas en fechas concretas”, aclara.
También puede haber sectores en los que se reconozcan más de dos pagas extraordinarias o en los que los importes se calculen de una forma diferente. Por eso, la experta recomienda revisar tanto el convenio colectivo como el contrato de trabajo antes de dar por hecho cómo se van a cobrar, ya que “la realidad es que depende del convenio colectivo y de cómo esté regulada la relación laboral”.
Tener las pagas prorrateadas no significa cobrar menos
El prorrateo es una de las cuestiones que más confusión genera. Muchos trabajadores creen que, si las pagas extraordinarias están incluidas en las doce nóminas mensuales, están perdiendo dinero. Sin embargo, Caballero insiste en que no es así.
“Si el salario bruto anual es el mismo, no existe ninguna pérdida económica: simplemente se distribuye el importe de las pagas extraordinarias entre las doce mensualidades”, explica. Esto significa que un trabajador cobra la misma cantidad anual tanto si recibe doce nóminas más elevadas como si percibe doce mensualidades ordinarias y varias pagas extra separadas.
La diferencia está únicamente en la distribución del dinero. Cuando las pagas están prorrateadas, el empleado recibe una cantidad mayor cada mes. Cuando no lo están, una parte del salario se concentra en momentos concretos del año. “Lo importante es que el trabajador no se fije únicamente en el importe mensual de la nómina, sino en cuál es su salario bruto anual”, señala Caballero. Ese es el dato que permite comparar correctamente dos ofertas de empleo y saber cuánto se cobrará realmente a lo largo de todo el año.
La empresa no siempre puede decidir si prorratea las pagas
Otra creencia habitual es pensar que la empresa puede decidir por sí sola si abona las pagas extraordinarias por separado o las reparte durante todo el año. Caballero aclara que esta decisión está condicionada por el convenio colectivo, ya que “hay convenios que permiten el prorrateo y otros que lo prohíben, por lo que la empresa debe ajustarse a lo que establezca la normativa aplicable”, explica.
Por tanto, aunque una empresa prefiera incluir las pagas extra en las doce nóminas, no podrá hacerlo si el convenio obliga a abonarlas en fechas concretas. Del mismo modo, el trabajador no siempre puede elegir la modalidad que prefiere, ya que esta puede venir determinada por las reglas aplicables a su sector o por las condiciones recogidas en su contrato.
Las pagas extraordinarias no tienen un impuesto especial
Las pagas extra también generan dudas respecto al IRPF. Algunos trabajadores tienen la sensación de que Hacienda aplica una retención mayor cuando reciben una de estas nóminas. “No existe una fiscalidad específica para las pagas extraordinarias”, aclara Caballero. “Forman parte del salario y están sujetas a las mismas reglas de cotización y tributación que el resto de las retribuciones”.
Lo que sí puede ocurrir es que, al cobrarse una cantidad más elevada en un mes concreto, la retención que aparece en esa nómina sea diferente y puede dar la impresión de que se está pagando un impuesto especial y “le quitan más”, pero en realidad “se trata de un ajuste dentro de la retención total del ejercicio”, explica a NoticiasTrabajo.
También cuentan para determinadas prestaciones
Las pagas extraordinarias forman parte de la remuneración del trabajador y, por tanto, también “se tienen en cuenta para calcular determinadas prestaciones”. Caballero señala que “el mecanismo concreto depende de cada prestación y de la normativa vigente”.
Lo mismo ocurre con las cotizaciones. Aunque el empleado reciba la paga extraordinaria en un mes concreto, su importe forma parte de la retribución anual y se integra en los cálculos correspondientes. Por eso, cobrar las pagas separadas o prorrateadas no significa que unas tributen o coticen más que otras por el simple hecho de abonarse de forma diferente.
Los tres grandes mitos sobre las pagas extra
Caballero concluye con un resumen de las falsas creencias que escucha con más frecuencia en tres ideas. La primera es pensar que las pagas extraordinarias son “un premio” concedido por la empresa, cuando “en realidad, forman parte del salario”, recuerda.
La segunda es creer que, si están prorrateadas, el trabajador cobra menos. “Eso tampoco es cierto: simplemente se reparte el mismo dinero a lo largo del año”, afirma. La tercera es dar por hecho que todos los trabajadores cobran las pagas extra de la misma forma. “La realidad es que depende del convenio colectivo y de cómo esté regulada la relación laboral”, sentencia.
La experta recomienda, por tanto, prestar atención al salario bruto anual, revisar el convenio colectivo y comprobar cómo aparecen reflejadas las pagas extraordinarias en el contrato y en la nómina. El número de pagos puede cambiar, pero el dinero no debería hacerlo si el salario anual pactado es el mismo.