
Hace poco más de una semana, concretamente el 24 de junio, el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó 2.901 plazas para el ingreso directo en la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil, en referencia a la convocatoria correspondiente al año 2020 y que se prevé celebrar previsiblemente a lo largo de este año de 2021.
Sin embargo, uno de los requisitos más temidos por los opositores a formar parte de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado es saber si tener tatuajes es en sí un motivo de exclusión.
Y es que no es de extrañar, ya que en 2018, el borrador enviado por el Ministerio del Interior prohibía cualquier tatuaje que fuera visible, de modo que los guardias y candidatos tenían que taparlos o someterse a una intervención quirúrgica para eliminarlos.
Nueva normativa 2021 de tatuajes en la Guardia Civil
Para dar solución a esta polémica tan criticada por muchas asociaciones, como la Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC), respecto a qué tatuajes pueden y cuáles no pueden tener los agentes del cuerpo de la Guardia Civil, el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, ordenó retirar el borrador de la norma que vetaba los tatuajes en la Guardia Civil.
En este sentido, el Ministerio del Interior ha impulsado una serie de medidas, entre ellas un Real Decreto por el que se regula el uso general del uniforme de la Guardia Civil y que pretende sustituir a la Orden INT/77/2014, de 22 de enero, por la que se regula el uso del uniforme del Cuerpo de la Guardia Civil. Por lo tanto la pregunta ahora es, ¿va a haber cambios en la convocatoria de Guardia Civil sobre tatuajes?
Uno de los puntos más novedosos de este anteproyecto de ley, que tiene previsto comenzar a funcionar en la próxima convocatoria, permite lucir los tatuajes a los agentes bajo unas condiciones y requerimientos muy específicos y concretos. Veámoslas todas a continuación.
¿Qué tatuajes puede tener un Guardia Civil?
Según el capítulo 14 del Real Decreto, que se refiere a la “Exhibición de tatuajes'', autoriza que “los tatuajes podrán ser visibles” siempre y cuando no superen los 70 centímetros cuadrados de piel en cada extremidad, es decir, en manos y piernas.
Eso sí, para poder lucirlos, no podrán incluir imágenes o expresiones obscenas, que inciten al odio o discriminaciones de tipo sexual, racista, étnico o religioso. Tampoco dibujos que inciten al odio o que comprometan la neutralidad política o sindical.
Además, al igual que en el resto de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (FCSE), se prohíben los tatuajes contrarios a los valores constitucionales e imágenes que puedan atentar contra la imagen de la Guardia Civil.
Los tatuajes que no están permitidos en la Guardia Civil
La norma detalla que están prohibidos “cualquiera que sea el motivo o expresión que reflejen” los tatuajes de las manos, cabeza y cuello.
De hecho, aquellos que a la fecha de entrada en vigor del Real Decreto porten tatuajes no permitidos en manos, cabeza y cuello, "deberán ocultarlos por completo" cuando vista el uniforme de la Guardia Civil.
Por lo tanto, cuando comience a funcionar la legislación referida a este respecto, el Guardia Civil en activo que luzca un tatuaje en esas zonas del cuerpo, tendrá la obligación de taparse, siempre y cuando lleve el uniforme del Instituto Armado.
¿Se puede opositar a Guardia Civil con tatuajes?
Depende, no será motivo de exclusión si se tiene tatuajes para entrar a formar parte de la Guardia Civil, siempre y cuando se cumplan con los requisitos establecidos anteriormente en el anteproyecto.
Es decir, se entiende también que los opositores que aspiren a entrar en el cuerpo no podrán tener tatuajes ni en las manos, ni en la cabeza ni en el cuello.
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