La nueva normativa que tendrá que cumplir el ascensor de tu edificio este julio para no quedar fuera de servicio

El BOE ha publicado la nueva normativa de ascensores que entrará en vigor el próximo julio para mejorar la seguridad de los mismos.

ascensor de un edificio de viviendas
La nueva normativa que tendrá que cumplir el ascensor de tu edificio este julio para no quedar fuera de servicio. Envato
Lucía Rodríguez Ayala

El Boletín Oficial del Estado (BOE) tiene novedades para aquellas personas que vivan en una casa con ascensor o en una comunidad de vecinos que dispongan de uno de ellos. Y es que tras su aprobación en Consejo de Ministros el pasado 2 de abril, ha sido publicada la Instrucción Técnica Complementaria ITC AEM 1 de Ascensores, que entrará en vigor el próximo 1 de julio. 

Esta nueva normativa regulará la puesta en servicio, modificación, mantenimiento e inspección de los ascensores, además de aumentar la seguridad de los mismos en los edificios españoles.

Para cumplir con la reciente normativa, según explican desde el Gobierno para la puesta en marcha de nuevos ascensores, el titular o titulares deberán presentar ante el órgano competente de la Comunidad Autónoma la siguiente documentación:

  • Ficha técnica de la instalación.
  • Declaración CE de conformidad.
  • Manual de funcionamiento.
  • Contrato de mantenimiento. 
  • Certificado de inspección inicial favorable. 

Novedades para los ascensores ya instalados en viviendas y comunidades de vecinos 

En cuanto a los ascensores que ya se encuentran instalados en viviendas y comunidades de vecinos la normativa también prevé novedades en cuanto a las revisiones de los mismos que pretenden mejorar la seguridad de estos dispositivos. 

De este modo las revisiones de los ascensores podrán ser de distintos tipos:

  • Iniciales.
  • Periódicas.
  • Tras modificación.
  • Tras accidente.

Las revisiones periódicas a las que tendrán que ser sometidos los ascensores serán las siguientes: 

  • Para edificios industriales o de pública concurrencia: cada 2 años. 
  • Para edificios residenciales de más de 20 viviendas o más de 4 plantas: cada 4 años. 
  • Resto de ascensores: cada 6 años. 

Los ascensores que no cumplan con la normativa quedarán fuera de servicio

Las medidas establecidas por la nueva normativa entrarán en vigor el 1 de julio, a partir de entonces si tras ser sometidos a la revisión oportuna, se detectan defectos en el ascensor, estos podrán ser calificados como leves, graves o muy graves, pudiendo quedar fuera de servicio durante todo el tiempo que dure el arreglo. 

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