La DGT ya no puede poner multas por estos motivos

La Dirección General de Tráfico no podrá sancionar a los conductores que comentan estas infracciones, debido a los cambios realizados en el Reglamento General de Circulación.

La DGT ya no puede poner multas por estos motivos
La DGT ya no puede poner multas por estos motivos
Fernanda Lencina

La DGT introduce novedades y cambios en el código de circulación para ir adaptándolo a los nuevos tiempos y poder así, controlar que la conducción sea segura en las carreteras de España. Es por eso, que algunas normas cambian y algunas multas ya dejarán de aplicarse o por el contrario, otras sanciones pueden endurecerse como el uso del móvil al volante.

La flexibilidad de las normas de tráfico permite que la DGT quite o reduzca las multas según las infracciones. Tal es el caso de una de las sanciones más comunes que se aplicaban a los conductores, las de no llevar el carnet de conducir. Este despiste podía conllevar el pago de una multa de 200 euros, aunque después, los agentes de tráfico verifiquen que el mismo estaba en regla.

A partir de ahora, cada conductor puede llevar el carnet de conducir en móvil, de forma digital, a través de la aplicación de la DGT. De esta manera se evitará olvidar la tradicional licencia física.

Otras de las normativas que ha cambiado es la obligación de llevar en la guantera del coche una gafas de repuesto en el caso de ser un conductor que las necesite para circular. Por lo tanto la DGT ya no podrá multar por este hecho pero sí, por conducir sin gafas o lentillas cuando deben utilizarse de forma obligatoria.

Los agentes podrán ver en el carnet de conducir si la persona tiene problemas de visión, al comprobar en el mismo, si tiene el código 01, en el caso de usar gafas, o el código 02, en el caso de necesitar lentillas. Esta infracción, supone una multa de 200 euros.

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