
Los conductores siempre temen recibir una sanción o multa de tráfico Aunque muchas veces los conductores piensan que solo las infracciones graves, como el exceso de velocidad o conducir bajo los efectos del alcohol, son motivo de sanción, la realidad es que existen muchas otras situaciones que también pueden acabar en multa.
De hecho, existen multas que se imponen simplemente por no llevar en el vehículo la documentación obligatoria, independientemente de cómo se conduzca. En otras palabras, tan importante es respetar las normas al volante como asegurarse de tener todos los papeles exigidos por la ley, ya que el fin último es garantizar la seguridad y legalidad en la circulación.
Por este motivo, la Guardia Civil ha querido recordar a través de las redes sociales cuáles son las sanciones a las que pueden enfrentarse los conductores que no porten la documentación obligatoria del vehículo. Estas multas, que pueden alcanzar los 500 euros, incluyen las siguientes situaciones:
- No llevar el permiso de circulación: este documento acredita que el vehículo está autorizado para circular, por lo que no llevarlo encima puede conllevar una multa de 10 euros. Ahora, si el vehículo carece de este permiso o ha sido retirado, la sanción puede llegar a los 500 euros tal y como regula el artículo 59 del Texto Refundido de la Ley sobre Tráfico.
- No portar la tarjeta de la ITV: la tarjeta de la Inspección Técnica de Vehículos certifica que el coche ha superado las revisiones técnicas obligatorias y no llevarla puede suponer una multa de 10 euros. En el caso de circular con la ITV caducada conlleva una sanción de 200 euros, según cita el mismo artículo 59.
- No llevar el permiso de conducir: este documento acredita que el conductor está legalmente autorizado para conducir el tipo de vehículo que maneja. No llevarlo encima puede resultar en una multa de 10 euros, pero si el permiso está caducado, la multa sube a 200 euros.
- Conducir sin permiso de circulacion: si se conduce un vehículo sin haber obtenido nunca el permiso correspondiente, la multa puede llegar a ser de 500 euros y la pérdida de 4 puntos del carné, tal y como regula el artículo 384 del Código Penal, ya que en este caso la acción constituye un delito penal.

A tener en cuenta
En caso de que no llevar alguno de estos documentos obligatorios en el momento en el que la Guardia Civil de Tráfico u otro agente nos lo requiera, pero sí tenerlos en regla, la multa suele ser leve y puede quedar en 10 euros. Ahora bien, si los documentos están caducados, no corresponden al vehículo o simplemente no existen, la sanción puede ascender hasta 500 euros. Además, circular sin ITV en vigor o sin permiso válido puede implicar incluso la inmovilización del vehículo, dependiendo de lo grave de la situación.
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