
Si se es extranjero en España, llevar a cabo todo el proceso que requiere un permiso de trabajo no es tan sencillo como puede parecer a simple vista. Pero hacerlo y, en buena parte de los casos, lograrlo, hará que se pueda acceder a los mismos derechos que cualquier ciudadano del país, incluido el derecho al voto, la libre circulación por la Unión Europea o la posibilidad de trabajar en la administración pública, entre otros.
Es cierto que existen varias vías para conseguir tanto la residencia en España como el permiso de trabajo. Pero la gran mayoría de ellas presentan requisitos difíciles de alcanzar. Sin embargo, existe una opción muy usada por parte de los ciudadanos no europeos: ser pareja de hecho. También, claro, contraer matrimonio, aunque esta última es una práctica que se lleva dejando de hacer, precisamente, porque se están obteniendo más requerimientos que lo complican y lo alargan en el tiempo.
Ser pareja de hecho permite obtener el permiso de trabajo
Es más, el nuevo Reglamento de Extranjería (Real Decreto 1155/2024), que entró en vigor este 20 de mayo de 2025, resulta especialmente importante porque en España la población de personas extranjeras roza los 7 millones, que se verán favorecidos porque estas normas reducirán los plazos y los trámites, y darán mayores garantías y rigor jurídico.
Es por eso que realizar el trámite de pareja de hecho, aunque también tiene sus entresijos, se trata de uno de los procedimientos legales de extranjería más usados por los no europeos que quieren empezar a vivir en España. Se podrá hacer siempre y cuando el ciudadano no comunitario tenga una relación afectiva con un ciudadano Europeo, estos pueden constituir la pareja de hecho en España y conseguir así la residencia por pareja de hecho para el no europeo.
Sin embargo, debemos lanzar una advertencia importante aquí. Si bien es posible registrar la unión entre ambos miembros en otro país que no sea España para poder conseguir la residencia por pareja de hecho, no todos los países serán válidos.
El nuevo reglamento de Extranjería flexibiliza los requisitos
Es decir, para conseguir el permiso como familiar de comunitario, es necesario que la pareja de hecho esté registrada en un país europeo, como puede ser España. De modo contrario, la solicitud será denegada. Esto es lo que dicen los artículos 94 al 98 del Reglamento de Extranjería para que te den permiso de trabajo y residencia siendo pareja de hecho:
Qué tienes que acreditar | Documentos habituales |
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Vínculo con el español | Certificado de inscripción como pareja de hecho o pruebas de convivencia ≥ 12 meses / nacimiento de hijo común |
Identidad | Pasaporte completo del solicitante + DNI del español |
Declaración de exclusividad | El español debe firmar que no convive con otro cónyuge/pareja |
En su caso, dependencia económica (para algunos ascendientes/otros familiares) |
Además, según explican los abogados de Inmigration Lawyers Spain, todos los ciudadanos extracomunitarios que se desplacen a España durante más de 90 días deben obtener el permiso de residencia para poder trabajar legalmente en el país.
Es aquí donde explican que desde la entrada en vigor del nuevo reglamento de Extranjería, “si eres pareja estable, pareja de hecho, o estás casado con un ciudadano español, podrás solicitar una residencia como familiar de ciudadano español. Lo mejor de la medida, explica, es que ya no tienes que esperar a que te resuelvan el expediente para empezar a trabajar, “sino que desde el minuto uno, desde que se ingresa esa solicitud, estarás autorizado a trabajar legalmente”, asegura.
“Desde que se ingresa la solicitud, estarás autorizado a trabajar legalmente”
Una de las razones por las que algunas parejas eligen el registro de pareja de hecho sobre el matrimonio es la menor cantidad de formalidades y requisitos. Esto puede ser especialmente atractivo para aquellos que desean establecer un vínculo legal sin las ceremonias habituales.
Asimismo, inscribirse como pareja de hecho implica una serie de beneficios legales y financieros, relativos a derechos hereditarios, de propiedad, ventajas fiscales y de la Seguridad Social. Eso sí, en cualquier caso, el registro implica formalizar el compromiso ante las autoridades pertinentes.
En el caso de Andalucía, por ejemplo, la inscripción de las parejas de hecho se realiza acudiendo a cualquiera de las delegaciones territoriales (hay una por cada provincia) de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad. También se puede hacer acudiendo al ayuntamiento de la localidad donde alguno de los miembros esté empadronado. Sin embargo, lo primero es presentar la solicitud de registro, existiendo dos vías para ello:
- Por internet. Si la realizamos online, a través de la 'Oficina virtual' de la Junta de Andalucía, será necesario el certificado electrónico para acceder.
- Presencialmente. Si se elige esta opción, se debe imprimir y rellenar el formulario de inscripción en el registro de parejas de hecho. Una vez cumplimentado, hay que entregarlo en una oficina de asistencia en materia de registros, para lo que se requiere cita previa.