Las ayudas que pueden solicitar los desempleados mayores de 45 años

El Servicio Público de Empleo Estatal SEPE cuenta con hasta 5 tipos de subsidios que pueden solicitar, además, de la prestación por desempleo.

Las ayudas que pueden solicitar los desempleados mayores de 45 años
Subsidio SEPE
Francisco Miralles

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) es el organismo del Gobierno de España encargado de gestionar todas las prestaciones subsidios por desempleo. En este sentido, los mayores de 45 años son uno de los colectivos más vulnerables. Para paliar esta situación, el SEPE ofrece hasta cinco tipos de ayudas, además de la prestación contributiva.

El SEPE diferencia sus ayudas en dos tipos, las prestaciones contributivas y no contributivas. La primera es conocida comúnmente como ‘el paro’. Para acceder a esta, se debe tener 360 días cotizados en el trabajo durante los últimos seis años. Sus cuantías irán desde los 540,41 euros mensuales hasta los 1.519,92 euros al mes.

En cambio, los subsidios por desempleo para mayores de 45 años, son ayudas no contributivas. Es decir, ayudas en la que se deberá demostrar una vulnerabilidad económica y “casi nunca se va a pedir un mínimo de cotización”. Decimos “casi nunca”, porque para muchas de ellas la duración dependerá de un mínimo cotizado.

Ayudas por desempleo para mayores de 45 años

Dependiendo de la situación de cada desempleado, el SEPE cuenta con una ayuda específica. Hay que tener claro que los subsidios por desemple que tengan una duración de más de seis meses deberán de renovarse.

Prestación contributiva por desempleo

Los desempleados que cuenten con derecho a paro deberán solicitar primero esta prestación. Esta ayuda tiene una duración que irá desde los cuatro meses hasta los dos años. Para saber la duración se puede hacer la regla del cuatro por uno. En otras palabras, por cuatro meses de trabajo se tendrá derecho a un mes de paro.

Las cuantías irán en función de la base reguladora y durante los primeros 180 días se cobrará el 70 % y a partir del día 181 se recibirá el 50 %. En caso de no llegar a ese mínimo, se deberá pedir el subsidio por insuficiencia de cotización.

Subsidio por insuficiencia de cotización

Esta es la ayuda para los desempleados que sin tener derecho a paro cuenten con una vulnerabilidad económica. Esta insuficiencia de ingresos se sitúa en el 75 % del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), que para este 2022 se sitúa en los 750 euros al mes.

Su cuantía será 463,21 euros al mes, el 80 % del IPREM para 2022. La duración irá en función de los meses cotizados y de si se tiene o no cargas familiares.

  • Sin responsabilidades familiares, la duración será de hasta seis meses si se ha cotizado seis meses o más. Si se ha cotizado menos, los meses de prestación será igual a los meses cotizados.
  • En el caso de contar con cargas familiares, la duración será igual a los meses cotizados, siempre que sea hasta 5 meses. Si cuenta con 6 o más meses, la duración será de 21 meses.

Subsidio por desempleo para mayores de 45 años

Tras agotar estas ayudas, si el desempleado no encontrará empleo y además no tuviera cargas familiares, podrá pedir el subsidio para mayores de 45 años. Esta prestación tiene una duración de seis meses, sin opción a solicitar prórroga.

La cuantía será la misma que para todos los subsidios: 463,21 euros al mes. En caso de seguir sin encontrar empleo, ya le quedaría al desempleado/a dos únicas ayudas, la Renta Activa de Inserción (RAI) y el Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED), los cuales se explican más abajo.

Ayuda familiar para desempleados mayores de 45 años

Para los desempleados mayores de 45 años que cuenten con cargas familiares, el SEPE ofrece la posibilidad de pedir la ayuda familiar. Esta tiene una duración que irá en función del paro consumido.

  • Desempleado mayor de 45 años que ha agotado una prestación contributiva de 4 meses: tendrá derecho a 6 meses de subsidio, prorrogables hasta un máximo 24 meses.
  • Desempleado mayor de 45 años que ha agotado una prestación contributiva de al menos 6 meses: tendrá derecho a 6 meses de subsidio, prorrogables hasta un máximo 30 meses.

Cabe recordar que los desempleados que pidan esta ayuda no pueden pedir el Subsidio por cotización insuficiente.

Renta Activa de Inserción

La Renta Activa de Inserción y el Subsidio extraordinario por desempleo son unas ayudas extraordinarias. Es decir, son las dos últimas ayudas que puede pedir una persona en situación de desempleo.

La RAI está destinada a colectivos vulnerables con graves dificultades para reincorporarse al mercado laboral. Dentro de estos se encuentran las personas desempleadas de larga duración mayores de 45 años. Esta tiene una duración de 11 meses y con la posibilidad de solicitarse hasta 3 veces.

Subsidio extraordinario por desempleo

Esta es la última ayuda que se puede solicitar dentro del Servicio Público de Empleo Estatal. Tendrá una cuantía de 463,21 euros y una duración de seis meses sin posibilidad de solicitar una prórroga.

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