El real decreto ley que aprueba el paro de las empleadas del hogar ya es un hecho. El Gobierno de España, tras el consejo de ministros del 6 de septiembre, ha aprobado el derecho de este colectivo a recibir las ayudas por desempleo, tanto en el nivel contributivo como en el asistencial. Una noticia comunicada por la vicepresidenta segunda del Gobierno y Ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, por la que tanto esfuerzo ha empeñado desde que llegó al Ejecutivo.
Pero esto no es lo único, la normativa legal aprobada recoge otras cuestiones en cuanto a derechos a las empleadas del hogar. También las familias que sean empleadoras van a recibir bonificaciones de hasta 80% en las cuotas a pagar a la Seguridad Social a partir del 1 de octubre de 2022 para las nuevas altas. Pero, ¿en qué consiste realmente esta medida?
Esta es la bonificación del 80% para los empleadores de empleadas del hogar
Las empleadas del hogar constituían el único colectivo laboral que carecía de protección en caso de desempleo. Esto las situaba en contexto de vulnerabilidad, a pesar de cotizar en el Régimen Especial de las Empleadas del Hogar del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Pero con el nuevo real decreto ley, las familias empleadoras podrán ser beneficiarias de bonificaciones.
Desde el Ministerio de Trabajo apuntan que será obligatorio cotizar por desempleo y también al Fondo de Garantía Salarial (Fogasa) desde octubre de este año. Con el fin de que estas cotizaciones no supongan un sobreesfuerzo económico para las familias empleadoras, los contratantes van a tener derecho a una bonificación del 80% en las aportaciones empresariales a la cotización para la prestación por desempleo y la Fogasa.
Esto no se queda ahí. Se va a mantener la reducción de un 20% en la aportación que deban realizar los empleadores a la Seguridad Social por contingencias comunes. Yolanda Díaz ha querido apuntar que se van a incrementar los tramos de bonificación superiores al 20%, según el número de personas que conformen el hogar y los niveles de renta y de patrimonio que se tengan. Esto se va a traducir en más beneficiarios. Sin embargo, aún se va a tener que esperar a que salga la orden ministerial que dispongan los requisitos específicos.
¿Qué ocurrirá con las trabajadoras domésticas que trabajen menos de 60 horas semanales?
En palabras de la titular de Trabajo, el 54% de las empleadas del hogar trabajan a tiempo parcial, es decir, menos de 60 horas semanales. Para estos casos, la normativa legal establece que los empleadores tengan que asumir las obligaciones a la hora de cotizar. De esta forma se elimina la posibilidad de que sean los trabajadores los que soliciten directamente su afiliación al INSS, sus altas, sus bajas o sus variaciones de datos.
¿Qué otras novedades recoge el nuevo real decreto de las empleadas del hogar?
Una novedad bastante importante en cuanto a los despidos es que los empleadores ya no podrán despedir a sus trabajadoras sin motivo alguno. De esta forma desaparece la figura del desistimiento y que abandonen el puesto sin las garantías del despido. A partir de septiembre, se deberán acreditar los motivos que den lugar a la finalización del contrato con las empleadas, extendiendo la protección por despido.
Otra novedad recae en que se van a desarrollar políticas de formación y acreditación para que las trabajadoras del hogar que se dediquen a cuidar personas en el ámbito doméstico puedan estar mejor formadas. Estas iniciativas tendrán en cuenta las particulares condiciones de trabajo, tanto del sector como de las empleadas.
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